La lucha contra la corrupción es un esfuerzo institucional que requiere la colaboración de toda la ciudadanía, quienes con sus denuncias ante los diferentes organismos serán propulsores de una cultura ciudadana de la probidad basada en la ética y la moral pública.
La Contraloría General de Medellín define la corrupción como "El acto por medio del cual, un servidor público utiliza el cargo o función para obtener beneficio indebido a favor suyo o de un tercero. Puede incurrir en esta conducta cualquier servidor público, sin interesar el cargo que ocupe dentro de la administración".
En Colombia los hechos de corrupción constituyen conductas delictivas, los cuales se encuentran descritos en el Código Penal -Ley 599 de 2000, en los Delitos contra la Administración Pública, en sus artículos 397 a 434.
Teniendo clara la importancia de generar conciencia entre la población sobre la existencia y gravedad de este problema, así como la necesidad de fortalecer la participación de la sociedad en la prevención y lucha contra la corrupción, la Administración Municipal implementó este portal con el fin de que los ciudadanos puedan dar a conocer los presuntos hechos de corrupción que involucre servidores públicos o contratistas del Municipio de Medellín o de sus Entes Descentralizados.
Una vez analizados los hechos por parte de la Administración Municipal se verificará la pertinencia de trasladar la queja a los organismos competentes en cumplimiento de lo estipulado en los artículos 417 del Código Penal y 67 del Código de Procedimiento Penal.
La queja deberá ser presentada por el ciudadano plenamente identificado, quien expondrá las circunstancias de tiempo, modo y lugar de ocurrencia de los hechos.
La Secretaría de Evaluación y Control de la Alcaldía de Medellín realizará seguimiento a las quejas e informará al interesado el trámite dado por el organismo competente o al interior de la entidad.
En caso de que la queja no reúna las exigencias de tiempo, modo y lugar de ocurrencia de los hechos, se informará al interesado que su queja no será trámitada.
Tanto el deber de denunciar ante las autoridades competentes como el de presentar las quejas por los presuntos hechos de corrupción, debe cumplirse con toda prudencia, seriedad y legalidad requeridas, con la certeza probatoria del caso y con la responsabilidad de que no vamos a violar el derecho de las personas a la dignidad, al buen nombre y al debido proceso.
Las quejas presentadas por los ciudadanos son muestra de rectitud y contribuyen al desarrollo de la Política Pública de Transparencia Administrativa y Probidad liderada por la Administración Municipal de conformidad con el Acuerdo 065 de 2008, en concordancia con las directrices trazadas por el Gobierno Nacional.
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