Con el objeto de generar un real incentivo a la industria Nacional, el gobierno expidió el pasado 22 de junio, el Decreto 680 de 2021; esta norma establece una nueva definición de servicios nacionales, así como los criterios para la asignación de puntaje bajo este concepto. 

La norma establece un incentivo efectivo a la industria nacional, por cuanto califica al proponente y a los servicios a prestar con criterios de verificación objetiva:

Los servicios ofertados por un proponente serán nacionales cuando, el proponente sea:

  • Un residente en Colombia, 
  • De origen colombiano (persona natural nacional colombiana o una persona jurídica constituida de conformidad con la legislación colombiana) 

Un extranjero con trato nacional (hay un tratado de trato recíproco entre su Estado de origen y Colombia).

En cuanto a la oferta, esta debe incluir bienes nacionales relevantes definidos por la entidad contratante o, si no los hay, vincula el porcentaje mínimo de personal colombiano exigido, que nunca será inferior a 40%.  

Para mayor información consultar el Decreto 680 de 2021


Acércate a la Alcaldía de Medellín

Ir al contenido