Todas las Entidades Estatales tienen el deber legal de reportar las multas y/o incumplimientos contractuales impuestos a los contratistas aun cuando estos no estén inscritos en el Registro Único de Proponentes, para que las cámaras de comercio adelanten el trámite que de acuerdo con sus procedimientos internos corresponda. Adicionalmente, las Entidades Estatales deberán publicar los actos administrativos que declaren la caducidad, impongan multas, sanciones o declaren el incumplimiento en la plataforma de SECOP.

La omisión de este deber, por parte del servidor público, lo hará responsable en los términos de la Constitución y la ley.

Para Mayor información pueden consultar la ley 80 de 1993, en la Biblioteca Jurídica Virtual ASTREA.


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