Los servidores públicos vinculados al Estado se clasifican en Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales (Art 123 C.N).

Los Empleados Públicos se vinculan a través de una de las siguientes modalidades:

  • Carrera Administrativa: En período de prueba o en ascenso.
  • Libre Nombramiento y Remoción: Por discrecionalidad del nominador.
  • Temporal o Transitoria: Por duración determinada y para casos establecidos en el art 21 de la Ley 909 de 2004.
  • Período Fijo: Para Jefe de Control Interno, Contralor y Personero en entidades territoriales.
  • Para ampliar información sobre el tema ver: Art 123 C.N, Decreto 1083 de 2015 de nuestro portal ASTREA.

Acércate a la Alcaldía de Medellín

Ir al contenido