{"id":33616,"date":"2020-03-18T00:00:00","date_gmt":"2020-03-18T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.medellin.gov.co\/es\/saladeprensa\/noticias\/informacion-para-gremios-y-contadores\/"},"modified":"2022-03-27T22:13:31","modified_gmt":"2022-03-28T03:13:31","slug":"informacion-para-gremios-y-contadores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.medellin.gov.co\/es\/sala-de-prensa\/noticias\/informacion-para-gremios-y-contadores\/","title":{"rendered":"Informaci\u00f3n para gremios y contadores"},"content":{"rendered":"
\n
\n
\n
<\/div>\n

Taquillas Hacienda Centro Administrativo La Alpujarra.<\/p>\n

Foto Luis Fernando Arango Medina<\/p><\/div>\n

2020-03-18<\/span><\/p>\n

Informaci\u00f3n para gremios y contadores<\/p>\n

Por Secretar\u00eda de Hacienda<\/p>\n

\n

Descargue el Instructivo de Solicitudes Tributarias En Línea<\/a>.<\/a><\/span><\/p>\n

En la Alcaldía de Medellín estamos tomando las medidas necesarias para darles a nuestros ciudadanos las garantías para que permanezcan en sus casas, evitando la propagación del virus COVID-19.<\/p>\n

Es así como, a partir del 18 de marzo no se prestará atención personal en las taquillas de Servicios Tributarios, todas las solicitudes deberán realizarse en línea, así:<\/p>\n

1. Ingresa a www.medellin.gov.co<\/a><\/p>\n

2. Haz clic en el botón PQRSD<\/p>\n

3. Elige la opción radicación*<\/p>\n

Los siguientes trámites se realizan a través de Ventanilla única virtual, ubicada en el menú superior de la página www.medellin.gov.co<\/a>:<\/p>\n

– Presentación de declaraciones<\/p>\n

– Copias de cuenta de documento de cobro<\/p>\n

– Certificación de Industria y Comercio<\/p>\n

Para consultar el estado de las solicitudes de beneficios tributarios y las decisiones frente a los recursos de reconsideración, los contribuyentes deberán comunicarse al 385 55 26, 385 19 24 ó 385 55 23.<\/p>\n

Asimismo, se continuará prestando atención a través del chat tributario ubicado en la página web y en la línea única de atención a la ciudadanía 4444144. <\/p>\n

*Para los siguientes trámites se debe anexar el certificado de presentación personal en notaría y\/o ratificar la presentación personal una vez sea levantada la calamidad pública:<\/p>\n

1) Recurso de reconsideración.
2) Devolución y\/o compensación de saldos a favor por pagos en exceso y pagos de lo no debido.
3) Recurso de reposición.
4) Recurso de queja.
5) Revocatoria directa subsecretaría de ingresos.
6) Aceptación modificación o rechazo de liquidación provisional.
7) Recurso de apelación.<\/p>\n<\/p>\n

<\/div>\n

Compartir en: <\/div>\n<\/div>\n