DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS
Además de los establecidos en las condiciones generales de
participación, debe:
·
Crear
una obra literaria ilustrada dirigida al público juvenil, acerca de la relación
“Mujeres, Memorias y Resistencias”, en el marco del conflicto armado y sus
violencias relacionadas en Medellín. Esta obra se deberá realizar mediante una
metodología participativa - colaborativa y expresada en un producto acorde a la
población dirigida, con el fin de aportar elementos para la reflexión en las
nuevas generaciones sobre el impacto del conflicto en las mujeres, y motivar la
apropiación ciudadana alrededor de las memorias y las formas de resistencias en
clave de no repetición.
·
Aceptar
por escrito el estímulo y los requisitos establecidos en las condiciones
generales y específicas de participación.
· Presentar los informes que se
soliciten durante el desarrollo de la propuesta (en concertación con el
profesional asignado para el acompañamiento) y realizar los ajustes requeridos.
·
Presentar
las autorizaciones en los casos que se requiera derechos de autor, tales como:
imágenes de archivo, guión, música, investigación, o las que sean pertinentes.
·
Destinar
el cien por ciento (100%) del recurso recibido en la ejecución de la propuesta
aprobada por el jurado.
·
Acatar
las recomendaciones realizadas por los jurados.
·
No
ceder el estímulo o desarrollo de la propuesta a terceros.
·
Asistir
y participar de los talleres, conversatorios, eventos de ciudad y/o reuniones a
las cuales sea convocado por el Museo Casa de la Memoria
· Llevar
a cabo la propuesta de socialización final del proyecto, donde se compartan los
resultados obtenidos y la experiencia como beneficiario, ya sea a través de
conversatorios, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones,
presentaciones u otras, según la naturaleza del trabajo final y el cronograma
de actividades beneficiado, en concertación con el MCM.
·
Autorizar
al MCM a presentar, exhibir o hacer uso del producto y material resultado de la
ejecución del estímulo durante el tiempo que consideren, respetando los
derechos de autoría del realizador.
·
El
beneficiario podrá hacer uso general del producto, siempre y cuando relacione
de manera clara y visible que fue beneficiario de estímulo en la Convocatoria
Pública de la Secretaría de Cultura Ciudadana del Municipio de Medellín y el
Museo Casa de la Memoria, al igual que los logos de ambas entidades.
·
Dar
créditos al MCM conforme al manual de imagen en todos los contenidos, las
piezas gráficas y actividades de promoción, realización y divulgación de la
propuesta beneficiaria; así como en publicaciones posteriores que utilicen la
información del estímulo y sus productos.
·
Los
contenidos, productos o piezas de comunicación elaboradas deberán enviarse con
tres días hábiles de antelación para ser aprobados por el equipo de
comunicaciones. Se deben cumplir con las directrices, el manual de estilo e
imagen institucional de la Alcaldía de Medellín.
· Cumplir
con los deberes inherentes al desarrollo del estímulo.
NOTA
·
El
Museo Casa de la Memoria se reservará la facultad de decidir si el resultado
del presente estímulo hará parte de alguna muestra expositiva o proyecto de la
Entidad, conforme a la pertinencia y conveniencia determinada por el Museo; sin
que se entienda en ningún momento que la ejecución del estímulo corresponda un
compromiso de exhibición de los productos o proceso del estímulo.