Estado:
Cerrada
Derechos y deberes específicos de los ganadores
DERECHOS DE LOS
BENEFICIARIOS
1.
Ser titulares de los derechos patrimoniales de sus obras o proyectos
objeto del Estímulo.
2.
Recibir copia del acto administrativo que los designa como beneficiario,
siempre y cuando se solicite. De igual manera, dicho acto administrativo podrá
consultarse en la página web: www.medellin.gov.co/estimulos
3.
Recibir
el desembolso de los recursos de la siguiente manera: un primer desembolso
correspondiente al 60% del valor del estímulo una vez se hayan presentado los
documentos de legalización y un primer informe con las indicaciones del
consultor asignado. Y un segundo desembolso del 40% sujeto a la presentación
del informe final de ejecución del proyecto aprobado por el interventor y/o
supervisor y demás requisitos de ley.
4.
Contar con el acompañamiento y asesoría de un
profesional designado por la secretaría de Cultura Ciudadana durante la
ejecución del estímulo.
DEBERES DE LOS
BENEFICIARIOS
1. Aceptar por escrito el estímulo con las
condiciones de participación y los lineamientos específicos establecidos en la
convocatoria.
2. Firmar y cumplir de manera estricta con
lo estipulado en la carta de aceptación de propuesta y compromiso.
3. Estar registrado como proveedor del
municipio de Medellín. en caso de no estarlo, realizar tal registro en el menor
tiempo posible.
4. Contar con los recursos propios para
desarrollar o llevar a cabo su proyecto en la fecha indicada de acuerdo con la
convocatoria, teniendo en cuenta que el primer desembolso se realiza
aproximadamente al mes de notificada la resolución de otorgamiento. En caso de
presentarse dificultades para realizar el primer desembolso, el municipio de
Medellín podrá realizarlo de manera posterior a la fecha inicialmente pactada.
5. Destinar el cien por ciento (100%) del
recurso recibido a la ejecución del proyecto aprobado por el jurado.
6. Para las convocatorias que requieren
tutor y este llegue a renunciar, el beneficiario debe enviar solicitud escrita
del cambio del mismo, anexando nueva hoja de vida y carta de aceptación del
postulado. La Secretaría de Cultura Ciudadana se reserva el derecho de
aceptarlo o no.
7. Atender a las recomendaciones que les
sean dadas por los jurados de la convocatoria y por el profesional designado
para el acompañamiento, ajustando los elementos donde se soliciten
modificaciones.
8. Hacer los ajustes a
los informes solicitados por parte del profesional designado ara el
acompañamiento.
9. Los grupos, artistas, gestores y
actores culturales que resulten beneficiados de la presente convocatoria deben
realizar una divulgación de resultados en el territorio. Este compromiso debe
quedar expreso en la propuesta técnica (presupuesto incluido), en la cual se
describe la realización de dicha divulgación. Esta actividad puede ser llevada
a cabo mediante talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones o
presentaciones, según la naturaleza del trabajo final.
10. El Programa de Planeación del Desarrollo
Local y Presupuesto Participativo de la Secretaría de Cultura Ciudadana puede
establecer la realización de muestras colectivas de resultados el mismo año de
la convocatoria y los beneficiarios deben participar de ellas, aun después de
haber terminado la ejecución de su proyecto.
11. Presentar informe de avance y demás
documentación solicitada por el profesional de acompañamiento.
12. Presentar informe final de la propuesta
beneficiada con los soportes necesarios, el cual da cuenta de la ejecución del
proyecto aprobado.
13. Dar créditos a la
Alcaldía de Medellín - Secretaría de Cultura Ciudadana - en todos los
contenidos, las piezas gráficas y actividades de promoción, realización y
divulgación de la propuesta beneficiaria; así como en publicaciones posteriores
que utilicen la información del estímulo y sus productos, siguiendo los
lineamientos del manual de imagen de la Alcaldía de Medellín.
14. Los contenidos,
productos o piezas creadas deberán enviarse siempre con antelación para ser
aprobados por el profesional de apoyo y el equipo de comunicaciones. Se deben
cumplir con las directrices, el manual de estilo e imagen institucional de la
Alcaldía de Medellín y los criterios de calidad exigidos.
15. No se puede ceder el Estímulo o
desarrollo de la propuesta a terceras personas.
16. Facilitar a la Secretaría de Cultura
Ciudadana cualquier documentación que sea necesaria para verificar la
información requerida en la Convocatoria o para la ejecución de la propuesta
beneficiada.
17. Solicitar autorización al profesional
designado para el acompañamiento sobre cualquier cambio en el presupuesto y en
el cronograma, y esperar aprobación del mismo, antes de efectuar dichas
modificaciones. La solicitud debe efectuarse por escrito, explicando
debidamente las razones de dicho cambio, para efectos de ser avalado y
reconocido. En caso de efectuarse el cambio sin previo aval del profesional
designado para el acompañamiento, tal cambio no será aprobado.