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Descuento en multas por incumplimiento de medidas de aislamiento obligatorio por Covid-19 en 2020

En cumplimiento a lo indicado en la LEY 2069  DE 2020, específicamente en el ARTÍCULO 29. MULTAS COVID-19. Con el fin de impulsar la demanda y reactivación del tejido empresarial a través del consumo, a partir de la promulgación de la presente ley, por única vez y hasta el 30 de junio de 2021, todas las personas naturales infractoras de las normas del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, decretos del orden nacional, departamental, municipal o distrital, dictados a fin de contener la pandemia de la Covid-19, que tengan pendiente el pago de las multas, estén pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por contravenciones impuestas hasta el 31 de agosto de 2020, fecha en que finalizó el aislamiento preventivo obligatorio, podrán acogerse a un descuento de hasta el sesenta por ciento (60%) del total de su deuda y del cien por ciento (100%) de sus respectivos intereses, conforme lo reglamente cada entidad departamental, municipal o distrital. 

>> Abecé descuento para multas Covid-19 

¿En qué consiste el descuento  para multas Covid-19?
En un descuento del 60% del total de la deuda y del 100% de sus respectivos intereses. 

¿A quién está dirigido?
Personas naturales infractoras de las normas del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Decretos del orden nacional, departamental, municipal o distrital, con ocasión de la violación  a los decretos expedidos con el fin de contener la pandemia por Covid-19, que tengan pendiente el pago de multas, estén pagando o que hayan incumplido acuerdos de pago. 

¿Para las multas impuestas entre qué fechas aplica el descuento?
Para las multas impuestas entre el 25 de marzo 2020 y el 31 de agosto de 2020, relacionadas con el incumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para contener la pandemia.

¿Existe alguna multa excluida a la cual no le aplique descuento?
Si, por disposición expresa de la norma, no es posible concederse a los infractores de las normas de tránsito.

¿Hasta cuándo me puedo acoger al descuento?
Para obtener el descuento deberás acogerte y realizar el pago hasta el 30 de junio de 2021. 

¿Cómo me podré acoger al descuento?

  1. Dirígete a https://www.medellin.gov.co/solicituddecreto2069
  2. Ingresa con tus datos: usuario (número de cédula) y contraseña. Si no estás registrado y quieres saber cómo hacerlo, ingresa al tutorial: https://bit.ly/inscribirp
  3. Diligencia el formulario y acepta los términos y condiciones
  4. Al correo que registres te llegará la factura que podrás pagar a través de los canales autorizados. 

¿Puedo suscribir un acuerdo de pago para acogerme al descuento?
Sí, siempre  y cuando cumplan con los requisitos, entre ellos, que el valor de la cuenta de cobro recibida registre un total igual o superior a medio salario mínimo mensual vigente, es decir, la suma de $454.263 posterior a la aplicación del descuento. 

¿Qué pasa si no cumplo el acuerdo de pago? ¿Pierdo el descuento?
Quienes incumplan con una sola de las cuotas pactadas perderán el descuento establecido, además se iniciara la ejecución de la totalidad de la obligación en la jurisdicción coactiva.


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