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Portal de Medellin/Temas/Gestión del Riesgo/Trámites

Protocolo normas de prevención para la quema de juegos pirotécnicos

.: Presentación del documento 

El Departamento Administrativo de Gestión del Riesgo de Desastres DAGRD, realiza la presentación oficial del documento “Protocolo: Normas de Prevención para la Quema de Juegos Pirotécnicos” adoptado por la directiva del Decreto Nacional 3888 del 2007 y el Decreto Municipal 1920 de 2007. 

El Protocolo en mención surge a raíz de las observaciones realizadas en el desarrollo de los espectáculos de juegos pirotécnicos realizados en la ciudad de Medellín en los últimos años. 

El presente documento hace parte de un trabajo dirigido a plantear ajustes en los parámetros de seguridad que rigen los juegos pirotécnicos en la ciudad, e introducir cambios que ayuden a la protección de las personas, y bienes que estén cerca del lugar donde se realizara la quema de los efectos especiales ya sean a cielo abierto, o en escenarios cerrados, para lo cual en este protocolo lo que busca es tener unas zonas delimitadas en donde se indica que tipo de personas y que equipo de protección deben tener para estar en esta zona. 

Lo que buscamos con este protocolo es generar una conciencia entre las personas que comercializan, realizan eventos, operarios, grupo de socorro, bombero, cuales son las normas mínimas de seguridad para la realización de un evento de juegos pirotécnicos, con el fin de evitar cualquier tipo de incidentes entre las personas que manipulan y público que asiste. 

Camilo Zapata Wills
Director Dagrd

.: Objetivo general:

Generar unas buenas prácticas cumpliendo con las normas mínimas de seguridad para la ejecución de los efectos especiales y contar con un protocolo en donde se les indique cual es la función de cada unas de las personas que intervienen en este tipo de evento de efectos especiales como son los Organismo de Socorro, Cuerpo de bomberos, Operarios de los efectos y cuáles son sus funciones en el momento de asistir a un evento de esta categoría con el fin de garantizar un espectáculo más seguro para los asistentes.

Normas de prevención, para las quemas de fuegos pirotécnicos

.: Marco legal

> Dentro de la ley 670 del 2001 se hace la siguiente categorización de artículos pirotécnicos: 

Categoría Uno: Pertenece a esta categoría los artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que presentan un riesgo muy reducido y han sido diseñados y fabricados para ser utilizados en aéreas confinadas como construcciones residenciales, incluyendo el interior de edificios y viviendas. En su producción o fabricación no puede usarse la pólvora, ni cloratos, ni percloratos. Estos artículos pueden ser distribuidos o comercializados en almacenes por departamento, mercados, o supermercados o hipermercados.

Categoría Dos: Pertenece a esta categoría los artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que presenten riesgo moderado de manera que puedan usar en aéreas relativamente confinadas. Estos artículos pueden ser distribuidos o comercializados en espacios abiertos de almacenes por departamento, mercados, supermercados o hipermercados. Para su expendio o comercialización debe especificarse las condiciones de su adecuado uso o aprovechamiento con etiquetas visibles y con previsión de peligro.

Categoría Tres: Pertenece a esta categoría los artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que presentan mayor riesgo y cuyo uso solo es posible en grandes espacios y como espectáculos públicos. Para su uso y aprovechamiento con fines recreativos se requiere ser experto o técnico especialista de reconocida trayectoria y pertenecer a empresas cuya fabricación o producción este autorizado por el Ministerio de Defensa Nacional.

Artículo 7: Se prohíbe totalmente la venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a menores de edad y a personas en estado de embriaguez en todo el territorio nacional.
Artículo 8: Se prohíbe totalmente la producción o fabricación, la manipulación o uso y la comercialización de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que contengan fosforo blanco.

> En el decreto 4485 por el cual se reglamenta parcialmente la ley 670 del 2001 se encuentra un artículo el cual habla de autorización y requisitos.

Artículo 4: Autorización y requisitos. La distribución, venta y uso de pólvora artículos pirotécnicos o fuegos artificiales requiere previa autorización de los alcaldes municipales o distritales de conformidad con lo dispuesto en la ley 678 de 2001.

Los alcaldes municipales y distritales expedirán la autorización de que trata el inciso anterior, previa solicitud del interesado, tomando en cuenta.

a) El personal debe ser mayor de edad, con conocimiento técnico o experiencia en el manejo de la pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, y dotados de un carnet vigente expedido por las alcaldías municipales o distritales.
b) La delimitación de zonas, fechas y horarios dentro de las cuales podrá realizarse la distribución, venta o uso y de las condiciones para ello;
c) Cuando se trate de espectáculos o demostraciones públicas, la determinación de áreas donde estará restringido el acceso de espectadores y no puede haber edificaciones, vías públicas, líneas telefónicas o postes de energía, en las distancias que establezca el alcalde municipal o distrital según lo dispuesto por los cuerpos de bomberos o unidades especializadas.
d) La exigencia de condiciones de seguridad y medidas de protección contra incendios, para el transporte, almacenamiento, distribución, ventas y uso, según lo dispuesto por los cuerpos de bomberos o unidades especializadas.
e) La fijación de requerimientos especiales cuando la demostración se efectúe en un medio de transporte.
f) Las demás que considere pertinentes el alcalde municipal o distrital.

> Para la realización de quemas de fuegos pirotécnicos se debe determinar las diferentes zonas como son: Zona Caliente, Zona Tibia y Zona Fría. 

Zona Caliente: lugar donde se ubicaran los elementos y solo podrán estar el personal que realizara la quema de los Juegos pirotécnicos.
Zona Tibia: lugar de retiro en el cual se espera que caigan los residuos de la pólvora como son palos y cartón entre otros.
Zona fría: Lugar que no presenta peligro para los espectadores.

.: Tener una zona de seguridad: interior y  exterior

La zona de seguridad debe estar delimitada con cinta reflectiva,  con el fin de impedir el ingreso del público a la zona denominada caliente “sitio donde se realizara la quema de los fuegos pirotécnico”.  La zona debe contar con las 3 zonas separadas con cinta reflectiva, desde donde inicia la zona tibia, se debe ubicar un letrero con las siguientes características:

• Cinta reflectiva delimitando las diferentes zona o en su defecto realizar un cerramiento con fondo visual “este cerramiento para cuando se trata de eventos tipo conciertos”, con el fin de aislar al público flotante.
• Ubicar unos letreros reflectivos desde la zona tibia en los cuales indique prohibido el paso el cual debe ser de un (1) Mts de largo por 50 Cm de ancho con una lectura de ZONA RESTRINGIDA Y/O PASO PROHIBIDO”.
Dar a conocer la zona de quema a la entidad y organizaciones que intervienen el evento, con el fin de tener el apoyo de dichas entidades durante el evento. 

Zona de aislamiento

Las zonas de aislamiento son las diferentes zonas denominadas como zona caliente, zona tibia, zona fría, para las cuales deben estar delimitadas previamente, y concertadas con el Cuerpo Oficial de Bomberos de la ciudad y la organización del evento con el fin que cuando se lleve a el día del montaje se tenga dispuesto este sitio y no se cambie las condiciones. 

Ubicación de Equipos de Emergencia
La ubicación de los equipo de emergencia es algo que se debe tener en cuenta en la visita previa del lugar de la pólvora y/o tenerlo en cuenta a la hora de organizar el plano del lugar donde se realizara la quema para lo cual se recomienda:

Máquina de BomberosMaquina Contraincendios
La máquina contraincendios debe estar ubicado en la zona fría y  con salida sin obstáculos,  en el caso que se presente una emergencia en a raíz de los fuegos.

Servicio de AmbulanciaServicio de Ambulancia
La ambulancia debe estar ubicado en la zona fría, y donde tenga buena visual del espacio donde se realiza la quema y la ubicación del público, con el fin de brindar una rápida atención al persona que manipulan la pólvora y al público en general  que necesite una atención en salud.

SaludPersonal de Salud

Este personal debe estar ubicado en la zona fría, si es necesario su ingreso a la zona tibia y caliente se debe tener los elementos de bioseguridad, con el fin de proteger la vida del socorrista.

Personal Cuerpo Oficial de Bomberos

El personal del Cuerpo Oficial de Bomberos prevención debe estar en la zona fría y su ubicación debe tener una buena visual general del público, para poder coordinar el ingreso del personal de socorro y bomberos en caso que se requiera.

PersonasUbicación de Público

La Ubicación del público asistente a los fuegos pirotécnicos, debe ser en la zona fría, y con el apoyo del personal logístico y de policía que esté brindando apoyo al evento realizar un control del personal que intente llegar a la zona caliente.

• Con el apoyo del personal logístico mantener al público ubicado en un solo sitio, con el fin de tener visual de algún incidente que se presente al Público por la realización de la quema.
• La ubicación del personal logístico debe estar ubicados en la zona fría si es necesario el ingreso a la zona tibia deben tener elementos de bioseguridad.
• El personal de seguridad “Policía, Ejercito, Fuerza Aérea, Naval, Seguridad privada” deben permanecer en la zona fría y, si se hace es necesario el ingreso de alguna de las fuerza pública se requiere que este personal tengan elementos de protección personal.
• El ingreso de cualquier persona ajena a los operadores de la pólvora debe ser autorizado por el personal del Cuerpo Oficial de Bomberos.
• En la zona de caliente deben permanecen solo los operarios y personal de prevención “personal que dará la primera respuesta en caso de una emergencia con los extintores de la empresa”. Vehículo de transporte de la pólvora.
• El vehículo que transporte la pólvora debe cumplir con la (norma NFPA 703). Antes de llegar a las cercanías del sitio para realizar la quema con el fin de realizar un acompañamiento por parte de la policía y tránsito hasta el sitio de descargue. El vehículo se debe retirar como mínimo media hora antes de que inicie el permiso de quema, este vehículo debe estar ubicado en la zona fría y debe permanecer con el conductor, y sin obstaculizar las rutas de evacuación de los vehículos de emergencia.

Vehículo de transporte de la pólvora         

El vehículo que transporte la pólvora debe cumplir con la (norma NFPA 703). Antes de llegar a las cercanías del sitio para realizar la quema con el fin de realizar un acompañamiento por parte de la policía y tránsito hasta el sitio de descargue. El vehículo se debe retirar como mínimo media hora antes de que inicie el permiso de quema, este vehículo debe estar ubicado en la zona fría y debe permanecer con el conductor, y sin obstaculizar las rutas de evacuación de los vehículos de emergencia. 

Limpieza de Residuos        

• Al terminal la quema se debe iniciar un plan de limpieza y verificación que toda la pólvora si se haya quemado tanto en las estructuras, y verificar que la pólvora que salió si fue positivo su exposición.
• Se debe dejar el limpio el sitio destinado para la pólvora, y está a cargo de la empresa que realiza la quema; la verificación de la limpieza está a cargo del Cuerpo Oficial de Bomberos y DAGRD. 

.: Normas de seguridad de las personas que harán las quemas

El personal operario debe tener su equipo de seguridad personal  como son: 

• Casco con Barbuquejo.
• Monogafas.
• Camisa manga larga y/o chaquetón. 

.: Documentación para presentar ante el Cuerpo Oficial  Bomberos - DAGRD 

Se debe informar el horario del montaje y hora del evento. Fecha y lugar exacto del evento, y además:

• Plan de quema
Es realizar una descripción detallada de la pólvora,  que se utilizará para los juegos pirotécnicos, la descripción debe venir con nombre de la pólvora y cantidad. 

• Nombre de los operarios y certificación de competencia
El paquete de la documentación debe traer una carta informando el nombre y número de cedula de los  operadores de la quema, de igual forma se debe adjuntar el carnet que certifique la idoneidad de los operarios en el manejo de pólvora. 

• Visto bueno de Bomberos
Antes de traer la documentación a la oficina del DAGRD, esta debe pasar por la oficina de Bomberos Seguridad Humana, los cuales hacen entrega de un certificado, el cual especifican las condiciones que se deben tener en cuenta para la realización de la quema. 

• Cámara de Comercio
Documento en el cual se registra el nombre de la empresa el nombre del represente legal y la  actividad económica entre otros datos. 

• Permiso de las Fuerzas Militares de Colombia
Documento por el medio del cual las Fuerzas Militares dan la autorización para la operación de explosivos. En este documento aparece el representante legal y lugar donde se realiza la operación de la pólvora. Este documento tiene una vigencia de 3 años. 

• Póliza
En la documentación que se entregar a Cuerpo Oficial de Bomberos y DAGRD se debe anexar una póliza que debe estar vigente y cubrir cual percance durante la quema (esta es verificada por la Subsecretaría de Gobierno Local y Convivencia). 

• Plano del lugar de la quema
Se debe adjuntar un plano detallado del lugar donde se realizara la quema, en el cual debe identificar las diferentes zonas de seguridad, ubicación de la máquina de bomberos, identificar rutas de evacuación y ubicación del público.

.: Recomendaciones para buscar un buen sitio para la quema de fuegos pirotécnicos. 

• Debe ser un lugar abierto en lo posible sin árboles, con el fin de evitar incendios forestales.
• Debe ser un sitio amplio para la manipulación de la pólvora y sus estructuras.
• Debe estar alejado de casas y edificaciones.
• En los posible la quema de debe realizar en un espacio de acceso limitado que evite el ingreso de personas extrañas.
• No se debe hacer quemas en lugares cerca a una reserva forestal
• No realizar la quema junto a transformadores, redes telefónicas.
• Debe ser un sitio de fácil acceso tanto para el vehículo que transporta la pólvora como para la máquina de bomberos.

.: Referencia normativa

1. Ley 670 del 2001.
2. Decreto 4481 de 2006.
3. Nfpa 1600.
4. Nfpa 704 marcación de vehículos.

.: Anexo 1.

1. Esquemas de las diferentes zonas de para la realización de los juegos pirotécnicos

Zona de RiesgoEsquema de las diferentes zonas para la realización de la quema de Juegos Pirotécnicos        

 

Anexo 2.

2. Letrero de señalización

Letrero de señalización

Este letrero debe ser en letra fluorescente en letra Arial, y se debe fijar en sitio donde el publico o personas de paso sepan se les indique. 

La señalización se debe hacer con cinta de balizaje y la ubicación de los letreros desde el momento que inicie el montaje de los juegos pirotécnicos.


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