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Portal Tributario

|| Inscripción a capacitaciones virtuales para Información Exógena ||


Normatividad de la exógena


A continuación, encontrará los manuales e instructivos según el tema. Al ingresar a cada enlace podrá cargar su información exógena: 









» Resolución número 202350037010 
Por la cual se modifica la Resolución N°202250129177 del 27 de diciembre de 2022 que establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Subsecretaría de Ingresos del Distrito Especial de Medellín por el año gravable 2022, se señala el contenido y las características técnicas para su presentación y se fijan plazos para la entrega.


»  Resolución N. 202250129177 del 27 de diciembre de 2022

Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Subsecretaría de Ingresos del distrito especial de Medellín por el año gravable 2022, se señala el contenido y las características técnicas para su presentación y se fijan plazos para la entrega.


¿Cuáles son las fechas para reportar la información exógena en el año 2023?


Para los agentes de retención del impuesto de industria y comercio, agentes del sistema de retención de tarjetas débito y crédito, sociedades fiduciarias respecto al impuesto de industria y comercio, quienes hayan participado en contratos de colaboración empresarial, notarios del círculo notarial de Medellín e información sobre publicidad exterior visual, las fechas límites se definen según el último digito del Número de Identificación Tributaria – NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

  • Las fechas para presentación de la exógena por parte de los obligados a suministrar información tributaria de que tratan los Artículos del 1 al 9 son:

INFORMACIÓN PERIODO GRAVABLE 2022

Último dígito

Fecha límite

1

26 de junio de 2023

2

27 de junio de 2023

3

28 de junio de 2023

4

29 de junio de 2023

5

30 de junio de 2023

6

4 de julio de 2023

7

5 de julio de 2023

8

6 de julio de 2023

9

7 de julio de 2023

0

10 de julio de 2023


  • Las fechas para presentación de la exógena por parte los obligados a suministrar información tributaria de que tratan Artículos del 10 al 21 son:


INFORMACIÓN PERIODO GRAVABLE 2022

Último dígito

Fecha límite

1

14 de agosto de 2023

2

15 de agosto de 2023

3

16 de agosto de 2023

4

17 de agosto de 2023

5

18 de agosto de 2023

6

22 de agosto de 2023

7

23 de agosto de 2023

8

24 de agosto de 2023

9

25 de agosto de 2023

0

28 de agosto de 2023

 


»  Resolución 202150017238 por la cual se amplían los plazos para presentar la información exógena al Municipio de Medellín

Por medio de la cual se amplían los plazos para presentar la información exógena al Municipio de Medellín.


»  Resolución 202150001429 del 12 de enero de 2021
Que establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la subsecretaría de Ingresos del municipio de Medellín por el año gravable 2020.


¿En qué consiste la obligación de reportar información exógena?


Los contribuyentes de los tributos municipales deben cumplir con una serie de obligaciones establecidas en la normativa vigente, las cuales no se limitan únicamente al pago de los impuestos, debido a que en ocasiones se exigen otros deberes adicionales, que le permiten a la administración comprobar que las personas y entidades están contribuyendo en debida forma.

Una de las obligaciones que permite verificar lo anterior, es el reporte de información exógena, que consiste en entregar a la autoridad tributaria, una información relacionada con las operaciones propias y aquellas efectuadas con terceros.

En el caso concreto del Municipio de Medellín, cada año se expide una resolución donde se establece quienes son los obligados a reportar información exógena, el tipo de datos que se deben entregar a la Secretaría de Hacienda y las fechas para hacerlo.

En lo que tiene que ver con la información a reportar durante el año 2021, se expidió la Resolución N.° 202150001429 de 2020 que encontrará en el botón Normatividad Tributaria ubicado en www.medellin.gov.co/portaltributario.


¿Para qué se utiliza la información exógena?


La información exógena es una herramienta de gran importancia para la administración tributaria, debido a que le permite realizar labores de fiscalización y control a través de cruces de información, de los cuales se puede identificar contribuyentes que no han cumplido de forma oportuna y correcta con el pago de sus impuestos. 


¿Quiénes deben reportar información exógena?


Debe tenerse en cuenta que tanto los obligados a reportar información, como el tipo de datos que debe enviarse a la Administración, se establecen cada año por la Subsecretaría de Ingresos mediante resolución, dependiendo de las necesidades y programas que vayan a desarrollarse. 

Por tal motivo, las personas naturales y jurídicas deben revisar anualmente el Acto expedido por parte de la Subsecretaría, toda vez que los únicos obligados a remitir información exógena relacionada con los tributos del Municipio de Medellín, serán aquellos que sean designados en la resolución. 

Es procedente mencionar que la información exógena que se exigen en el Municipio de Medellín, es distinta a la que debe reportarse a la DIAN o a otros Municipios del país. 


¿Cuál es la consecuencia de no presentar información exógena?


Todo incumplimiento de obligaciones tributarias formales genera una sanción que está establecida en la normativa vigente.

Para el caso concreto de la información exógena, el hecho de no reportarla, enviarla por fuera de los términos, con errores o incompleta, da lugar a la imposición de la sanción establecida en el artículo 249 del Acuerdo 066 de 2017.


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