Facilidades de pago para los deudores de obligaciones tributarias
Descripción:
Obtener por el deudor o por un tercero a su nombre, facilidades para el pago de obligaciones tributarias.
Temática:
Impuestos
Forma de Presentación:
Se conoce como:
Dirigido a:
- Instituciones o dependencias públicas
Documentos requeridos:
- Documento de cobro de la deuda a financiar actualizado. El monto total de la deuda debe ser igual o superior a 15 SMDLV. El documento no debe superar la fecha última de pago sin recargo y debe coincidir el nombre del titular y el número de identidad con el respectivo documento de identidad
- Fotocopia del documento de identidad del propietario o poseedor del inmueble o su representante legal o apoderado
- Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgada formalmente autentica, en caso de no ser el titular quien realice el trámite. Si es por poder general copia auténtica del mismo con nota de vigencia a la fecha de la solicitud. Si es por poder especial copia auténtica del mismo con nota de vigencia a la fecha de la solicitud
- Documentos que acrediten la garantía ofrecida para el pago que pueden ser: Certificado de Libertad y Tradición del inmueble que ofrece como garantía, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días y que no presente limitación al dominio (afectación a vivienda familiar, patrimonio de familia inembargable, hipotecas, servidumbre, usufructo, etc.). El valor del avalúo catastral del inmueble ofrecido como garantía debe ser superior al monto de la deuda
Requisitos exigidos:
- Estar constituido legalmente ante la Cámara y Comercio
Condiciones especiales:
Excepción 1: Si se actúa en calidad de deudor solidario, representante legal o heredero
- Fotocopia del documento de identidad
Excepción 2: Si es apoderado abogado
- Fotocopia de la Tarjeta Profesional
Excepción 3: Si es autorizado no abogado
- Autorización del titular. Debe ser firmada por el titular con facultad expresa para gestionar la facilidad de pago del impuesto o deuda y autorización de que el inmueble de propiedad del titular respalde la obligación durante el plazo concedido. Debe entenderse que el autorizado firmará el acuerdo de pago como deudor solidario
Excepción 4: Si el interesado actúa para la sucesión del titular de la obligación
- Copia del Registro civil de defunción del contribuyente
- Fotocopia del documento de identidad por cada uno de los herederos
- Copia autenticada de la Apertura de la sucesión con reconocimiento del heredero que actúa con administración de bienes, albacea o curador de la herencia yacente. Cuando la sucesión se encuentra abierta y radicada ante juzgado
- Copia autenticada del Registro civil de nacimiento del interesado. Puede ser reemplazado por el registro civil que acredite el parentesco
- Copia autenticada del Registro civil de matrimonio si el interesado es cónyuge del titular. Este documento puede ser reemplazado por la Copia auténtica de la escritura pública de declaración de unión marital de hecho; Copia auténtica del auto admisorio de la demanda de unión marital de hecho; Declaración extra juicio rendida con el titular de la obligación o Acta de conciliación de declaración de unión marital de hecho
- Documento autentico a través del cual manifieste bajo la gravedad de juramento que ostenta la condición de heredero único. En este documento deberá indicar que se hará responsable de la obligación
- Autorización escrita de los herederos a otro heredero para suscribir la facilidad de pago
Excepción 5: Si el interesado es curador del titular de la obligación
- Copia autenticada del Auto que decretó la interdicción provisional. Este documento puede ser reemplazado por la Sentencia que decretó la interdicción o el Registro Civil de nacimiento con la anotación de la interdicción
Excepción 6: Si es representante legal de una persona jurídica
- Certificado de existencia y representación legal de la autoridad competente. Cuando en el certificado de existencia y representación legal se establezca limitaciones que le impidan al representante legal solicitar la facilidad de pago, será necesario aportar el acta autenticada del órgano competente con la respectiva autorización para solicitar la facilidad y comprometer el patrimonio de la entidad.
Excepción 7: Si el titular de la obligación se encuentra desaparecido
- Copia autenticada del Auto admisorio de la demanda de desaparición o muerte presunta
Excepción 8: Si el interesado actúa como representante legal de un menor de edad titular de la obligación
- Copia autenticada del Registro civil de nacimiento
Pagos: (aplica si tiene costo):
Según avalúo y/o liquidación
Tiempo de respuesta:
1 hora
Dependencia:
Secretaría de Hacienda
Puntos de Atención
Centro de Servicios de Tesorería – Plaza Mayor
Dirección: Calle 41 # 55 – 80
Teléfono: 4444144
Horario: Lunes a Jueves de 07:30 a 05:00 p.m., Viernes de 07:30 a 04:00 p.m., Jornada Continua.
Antes de ir al punto de atención usted puede agendar cita telefónicamente, a través de la Línea Única 44 44 144
En el marco de la política de racionalización de trámites y en cumplimiento del inciso 2 del artículo 6 del decreto 103 del 20 de enero de 2015 - Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 "Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública.
Enlaces:
https://www.nomasfilas.gov.co/memoficha-tramite/-/tramite/T11281