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Portal de Medellin/Temas/Hacienda/Trámites

Prohibido gravamen del impuesto de industria y comercio

 

Propósito

Es el reconocimiento de la calidad de no sujeto pasivo del impuesto de Industria y Comercio  dado por la Ley.


Medio por el cual se puede realizar 

De manera Presencial, tenga en cuenta: 

 

  • Costo del trámite : No tiene costo
  • ·         Requisitos: 
    • Presentar solicitud por escrito firmada por el contribuyente, su representante legal o apoderado debidamente constituido.
    • Adjuntar copia de los Estatutos de la entidad y acreditar la existencia y representación legal, en el caso de las personas jurídicas.
    • Que la entidad o persona interesada, se encuentre matriculado como contribuyente del Impuesto de Industria y Comercio en la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda.
    • Que la entidad o persona interesada, se encuentre al día en el pago por concepto del respectivo impuesto o que la Subsecretaría  de Tesorería, le haya concedido facilidades para el pago.
    • Pruebas que acrediten la calidad de no sujeto pasivo del impuesto de Industria y Comercio  dado por la Ley, este requisito es una aprueba que solicita la Administración.
    • ·         Pasos: 
      • Dirigirse a la oficina de Servicios Tributarios
      • Radicar la solicitud con el lleno de los requisitos
      • Lugar: Centro Administrativo La Alpujarra, Calle 44 No. 52-165 en la oficina de Servicios Tributarios contigua al Concejo de Medellín.
      • Horario: De lunes a jueves de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.
      • ·         Tiempo de obtención: 3 meses

 

Normatividad

Acuerdo 64 de 2012 artículo 151 al 154



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