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Alcaldía de Medellín

2016-08-26

Facilidades de Pago

Secretaría de Hacienda

FACILIDADES DE PAGO

¿Qué es una facilidad de pago?

Es una figura que concede la posibilidad de pagar en cuotas tus deudas con el Municipio de Medellín.

¿Qué puedo financiar?

Obligaciones Tributarias, por ejemplo:  
1. Predial
2. Industria y Comercio
3. Delineación Urbana

Obligaciones No tributarias, por ejemplo: 
    
Obligaciones Urbanísticas.
Multas de la Secretaría de Salud y Secretaría de Gobierno, con excepción de multas por pólvora y violencia intrafamiliar.
     
 
¿Cuál es el plazo de la financiación?

La Administración Municipal te otorga hasta 60 meses de plazo para el caso de obligaciones tributarias; dependiendo del plazo, se requieren garantías que respalden la obligación.

¿Cómo y dónde se financia?

Como titular de la obligación preséntate en el punto de información de la Tesorería, ubicado en el piso 1 del Centro Administrativo Municipal la Alpujarra, con los requisitos establecidos.

REQUISITOS

•Cuenta de cobro actualizada (Factura).

• Presenta la copia de tu documento de identidad, y no olvides traer el original.

• Para que accedas a una facilidad es necesario ofrecer una garantía, puedes aportar el Certificado de Libertad y Tradición de tu inmueble, recuerda que este no puede superar los treinta (30) días de expedición.

• Como cuota inicial solo debes contar con el 10% del total de la deuda, entre más alta sea tu cuota inicial menores serán tus cuotas mensuales.

•Si actúas en calidad de Representante Legal, presenta el certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.

•Si requieres el trámite a través de un autorizado, este debe presentar tu autorización original en la cual expreses la solicitud de una facilidad para el pago del impuesto que requieras, ten presente que se debe anexar la fotocopia del documento de identidad del autorizado con exhibición del original.

•Si el titular está fallecido, en tu condición de heredero puedes solicitar la facilidad, para lo cual debes aportar la autorización original de los demás herederos conocidos; como heredero autorizado deberás acreditar el parentesco con el Registro Civil de matrimonio o nacimiento, los documentos de identificación de los demás herederos y el certificado de defunción.

•Para obligaciones urbanísticas y multas, además de los requisitos anteriores presenta copia del oficio o resolución por medio de la cual se determinó el valor de la obligación.

Concordancias: Artículo 220 del Decreto Municipal 1018 de 2013, Artículo 814 del Estatuto Tributario Nacional, Decreto 19 de 2012 y Decreto Municipal 2268 de 2014.

 

 

Facilidades de pago

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