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Ascenso o reubicación de nivel salarial en el escalafón docente
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¿En qué consiste el trámite?
Ascenso de un docente o directivo docente a otro grado dentro del escalafón o reubicación de nivel salarial dentro del mismo grado
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¿Dónde lo puedo realizar?
De manera Presencial puedes dirigirte a:
Edificio Bulevar de San Juan
Dirección: Calle 44 # 51 - 50, OF 301
Teléfono: 5148263
Horario: lunes a jueves de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. y viernes 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
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¿Qué documentos debo presentar?
No tiene
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¿Qué requisitos debo cumplir?
Revisar el cronograma fijado por el Ministerio de Educación y el acto administrativo de la convocatoria publicado por la entidad territorial certificada http://www.medellin.edu.co/
Pagar el Número de Identificación Persona –NIP, para la presentación voluntaria a la evaluación de competencias, acorde a las etapas del proceso emitidas por el Gobierno Nacional
Descripción: Inscripción a la convocatoria abierta de méritos para someterse al proceso de evaluación por competencias
Valor: 39,062.1 el cual equivale a 1.5 SMLDV
Entidad de recaudo: Banco Popular
Tipo de cuenta: Otro ((Los docentes deben adquirir el número de identificación personal (NIP) en las oficinas del banco popular, en las fechas establecidas, el cual tiene un costo equivalente a un día y medio de salario mínimo legal vigente))
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¿Qué verifica la entidad?
Tener tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba o contar con tiempo de servicio en otra entidad territorial sin existir solución de continuidad entre la vinculación anterior y la actual.
Estar inscrito en el escalafón docente oficial
Haber aprobado la evaluación de competencias con un puntaje superior del ochenta 80%
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Condiciones especiales para acceder al trámite
Excepción 1: Excepción 1: Si desea ascender o reubicarse salarialmente por primera vez
Contar con dos (2) evaluaciones ordinarias de desempeño anual satrimer ascenso isfactorias con calificación mínima del sesenta por ciento (60%) correspondientes a los dos (2) años inmediatamente anteriores a la inscripción del proceso de evaluación de competencias
Excepción 2: Si desea ascender salarialmente con posterioridad al primer ascenso
Contar con una (1) evaluación ordinaria de desempeño anual satisfactoria con calificación mínima del sesenta por ciento (60%) correspondientes al año inmediatamente anterior a la inscripción del proceso de evaluación de competencias
Excepción 3: Si desea reubicarse salarialmente con posterioridad a la primera reubicación
Contar con dos (2) evaluaciones de desempeño satisfactorias con calificación mínima del sesenta por ciento (60%) correspondientes a los dos (2) años inmediatamente anteriores a la inscripción del proceso de evaluación de competencias
Excepción 4: Si profesión es normalista y desea ascender al grado dos (2)
Copia del diploma o acta de grado (En licenciatura en educación o profesión diferente a licenciado)
Excepción 5: Excepción 5: Si su profesión es licenciado en ciencias de educación o profesional universitario y desea ascender al grado tres (3)
Copia del diploma o acta de grado (De doctorado o maestría en un área afín a la de su especialidad o desempeño, o en área de formación que sea considerada fundamental en el proceso de enseñanza - aprendizaje de los estudiantes)
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¿En cuánto tiempo tengo respuesta?
En 5 días hábiles
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¿A quién va dirigido?
Ciudadano
Extranjeros
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Más información
El trámite también se conoce como: Ascenso por el Decreto 1278 de 2002
La Dependencia encargada es: Secretaría de Educación
La Temática asociada es: Educación
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Enlaces
Puedes visualizar la información a través del Portal Único del Estado Colombiano ingresando aquí