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Certificado de Cancelación definitiva del impuesto de industria y comercio

Subsecretaría de Ingresos

Certificado de Cancelación definitiva del impuesto de industria y comercio

Documento o escrito en el que se certifica cancelación del registro de industria y comercio cuando cesen definitivamente el desarrollo de actividades industriales, comerciales o de servicios sujetas a dicho impuesto.

Medio por el cual se puede realizar 

  1. De manera Virtual  sin ningún costo Clic aquí
  2. De manera Presencial, tenga en cuenta: 

Costo del servicio: $ 12.600 cuando se trata de una cancelación definitiva y es determinada por un Acto Administrativo , cuando es cancelación definitiva reportada por el convenio con Cámara de Comercio no tiene costo

Requisitos: Presentar o exhibir documento de identificación. Si el trámite lo realiza un tercero, deberá estar debidamente autorizado por quien corresponda aportando los siguientes requisitos: 

Si es persona natural: Carta de autorización firmada por el contribuyente (en la carta se debe indicar el nombre y número  de  identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere), fotocopia del documento de identificación del contribuyente, original del documento de identificación del autorizado.

Si es persona jurídica: Carta de autorización firmada por representante legal (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere), fotocopia del documento de identificación del representante legal, original del documento de identificación del autorizado.

Pasos:

  • Dirigirse a la oficina de Servicios Tributarios para la solicitud del servicio
  • Solicitar la cuenta de cobro del servicio en las taquilla de la Subsecretaría de Tesorería
  • Pagar la cuenta de cobro del servicio solicitado en las entidades autorizadas.
  • Presentar recibo de pago en la oficina de Servicios Tributarios
  • Reclamar el certificado

Lugar: Centro Administrativo La Alpujarra, Calle 44 No. 52-165 en la oficina de Servicios Tributarios contigua al Concejo de Medellín.

Horario: De lunes a jueves de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de obtención: Entrega inmediata

Normatividad

Resolución SH 17- 010 de 2017. Artículo 1, numeral A.


Acércate a la Alcaldía de Medellín