¿Qué es el Consejo Territorial de Planeación?

El Consejo Territorial de Planeación es el principal espacio para la participación ciudadana en el marco del Sistema distrital de Planeación. Está conformado por 35 consejeros y consejeras, quienes representan los diferentes sectores y grupos poblacionales de Medellín.

Es una instancia que cuenta con autonomía para sus decisiones y acciones, por lo tanto, no está ligada a la administración distrital. En ese sentido, cuenta con una imagen propia y canales de comunicación e información independientes.

¿Qué hace el Consejo Territorial de Planeación?

Su principal función es garantizar la participación de la sociedad civil en todos los procesos de planificación y gestión del desarrollo territorial. 

Como instancia fundamental en los procesos de planeación tienen entre otras las siguientes responsabilidades:

  • Analizar y discutir el proyecto del plan de desarrollo distrital.
  •  Absolver las consultas que formule la administración o las demás autoridades de planeación.
  •  Formular recomendaciones a las demás autoridades y organismos de planeación sobre el contenido y la forma del plan de desarrollo distrital.
  •  Emitir concepto sobre el proyecto del plan de desarrollo distrital.
  •  Generar concepto y formular recomendaciones sobre el Plan de Ordenamiento Territorial.
  • Realizar semestralmente un seguimiento a las metas de continuidad, cobertura y calidad de los servicios definidos en los respectivos planes sectoriales. (Decreto 028 de 2008, art. 17)

Descripción normativa

La instancia fue creada por la Constitución Política de 1991, donde se establece que en las entidades territoriales también habrá Consejos de Planeación, los cuales junto con el Consejo Nacional constituyen el Sistema Nacional de Planeación, garantizando la participación en la construcción y seguimiento de la planeación.

Ahora bien, la Ley 152 de 1994 establece las autoridades e instancias territoriales de planeación, otorgándole a los Consejo Territorial de Planeación el carácter de instancia. Adicionalmente, define su composición y funciones.

No cuenta con personería jurídica, ni autonomía administrativa ni patrimonial, por eso, la ley establece que el Departamento Administrativo de Planeación es la dependencia encargada de brindar apoyo técnico y logístico, de acuerdo
al Art. 12. Ley 152.

En el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín se define el Consejo Territorial de Planeación, en los artículos del 23 al 28 del Acuerdo 28 de 2017: “Por medio del cual se modifica el Acuerdo 43 de 2007 y se actualiza el Sistema Municipal de Planeación del Municipio de Medellín”.

¿Qué se encuentra en la página web?

La página web del Consejo Territorial de Planeación pretende ser un canal de fácil acceso, que busca brindar una experiencia agradable al ciudadano a la hora de ingresar y consultar información de valor.

Allí van encontrar lo que hace la instancia, los encuentros territoriales, conceptos de seguimiento a los Planes de Desarrollo Distrital, eventos próximos, conversatorios, foros, noticias y demás información relacionada a la participación del CTP Medellín.