Acuerdo 28 de 2011 CONMED
ACUERDO 28 DE 2011
GACETA OFICIAL. AÑO XVIII. N. 3886. 4, AGOSTO, 2011. PÁG. 2.
CONCEJO DE MEDELLÍN
«Por medio del cual se declara la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República de Argentina, Ciudad Hermana de la Ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia
En uso de sus facultades, especialmente las conferidas en el artículo 313 de la Constitución Política, la Ley 136 de 1994 y las normas que modifican y Complementan, así como las demás disposiciones legales.
ACUERDA
ARTÍCULO 1o. Declárese la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República de Argentina, Ciudad Hermana de la ciudad de Medellín en el Departamento de Antioquia República de Colombia, confines permanentes de colaboración en el campo financiero universitario, científico, técnico, empresarial, cultural y social, y de una común solidaridad internacional.
ARTÍCULO 2o. La Administración Municipal impulsará relaciones culturales, sociales, económicas, académicas y en general de diversos órdenes y alcances tendientes a facilitar mediante programas e iniciativas conjuntas el acercamiento y trabajo conjunto entre autoridades, empresarios y líderes de la ciudad de Rosario, con la ciudad de Medellín.
ARTÍCULO 3o. Para el cumplimiento y desarrollo de los temas de interés común que se generen con ocasión a la hermandad Rosario-Medellín consagrada en el presente Acuerdo, el Alcalde podrá celebrar convenios, asociaciones y demás actos de cooperación que dimensionen este Acuerdo a nivel internacional.
ARTÍCULO 4o. El Municipio de Medellín y la ciudad de Rosario promoverán la Transversalización de culturas económicas, Sociales y Deportivas entre Medellín y Rosario.
ARTÍCULO 5o. La Administración Municipal a través de la ACl «Agencia de Cooperación e Inversión de Medellín y et Área Metropolitana», propenderá por establecer una permanente interlocución con las Autoridades de la Ciudad de Rosario, para suscribir acuerdos con ésta Ciudad de conformidad con las disposiciones Constitucionales y Legales vigentes y conforme a los Acuerdos y Tratados celebrados entre las dos Ciudades.
ARTÍCULO 6o. Copia del presente Acuerdo, en nota de estilo, será puesta en manos del Honorable Concejo Municipal y del Señor Alcalde de la Ciudad Rosario, Provincia de Santa Fe, República de Argentina
ARTÍCULO 7o. El presente acuerdo rige a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial Municipal.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Medellín a los 12 días del mes de julio de dos mil once (2011).
Presidente
Secretario
Post scriptum: Este Proyecto de Acuerdo tuvo (2) debates en dos días diferentes y en ambos fue aprobado
Secretario
Profesional Especializado