2024
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Esta capa representa la extensión en el terreno de los escenarios de riesgo por movimientos en masa caracterizados por el Equipo Técnico del Departamento Administrativo de Gestión del Riesgo en el Distrito de Medellín.
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Capa geográfica de tipo polígono que representa espacialmente las zonas de restricción para el consumo de sustancias psicoactivas en la ciudad. Según el decreto 044 de 2024 Por medio del cual se establecen las zonas y perímetros en el Distrito de Medellín, tanto en su Área rural como urbana, en lugares concurridos por niños, niñas y adolescentes; en los que se restringe el consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis personal, de conformidad con lo preceptuado por la Ley 1801 de 2016, modificada por la Ley 2000 de 2019. Zonas de Restricción: 1) Instituciones o establecimientos educativos, tanto públicos como privados, 2) Parques y plazas públicas, 3) Centros deportivos y recreativos, 4) En aquellos lugares del espacio público que se encuentre por fuera de las restricciones anteriores, donde se realicen eventos públicos o privados y concurran niños, niñas y adolescentes, mientras dure el evento. Perímetro de Restricción: Se establece un perímetro de cien (100) metros lineales en el área circundante a las instituciones o establecimientos educativos, tanto públicos como privados, en los cuales se restringe el consumo de sustancias psicoactivas, incluidas dosis personal. El perímetro se medirá a partir de los linderos laterales, de fondo y frontales del lote donde se ubique la institución o establecimientos educativos, hasta los linderos más próximos: laterales, de fondo y frontales, donde se ubiquen las actividades objecto de restricción.
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Aplicación desarrollada en ArcGIS Online que ubica las zonas de restricción para el consumo de sustancias psicoactivas en la ciudad. Según el decreto 044 de 2024 Por medio del cual se establecen las zonas y perímetros en el Distrito de Medellín, tanto en su Área rural como urbana, en lugares concurridos por niños, niñas y adolescentes; en los que se restringe el consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis personal, de conformidad con lo preceptuado por la Ley 1801 de 2016, modificada por la Ley 2000 de 2019. Zonas de Restricción: 1) Instituciones o establecimientos educativos, tanto públicos como privados, 2) Parques y plazas públicas, 3) Centros deportivos y recreativos, 4) En aquellos lugares del espacio público que se encuentre por fuera de las restricciones anteriores, donde se realicen eventos públicos o privados y concurran niños, niñas y adolescentes, mientras dure el evento. Perímetro de Restricción: Se establece un perímetro de cien (100) metros lineales en el área circundante a las instituciones o establecimientos educativos, tanto públicos como privados, en los cuales se restringe el consumo de sustancias psicoactivas, incluidas dosis personal. El perímetro se medirá a partir de los linderos laterales, de fondo y frontales del lote donde se ubique la institución o establecimientos educativos, hasta los linderos más próximos: laterales, de fondo y frontales, donde se ubiquen las actividades objecto de restricción.
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Esta capa proporciona la ubicación de las Sedes Educativas oficiales y no oficiales del Distrito de Ciencia Tecnología e Innovación. Las sedes educativas corresponden a las instalaciones físicas habilitadas para prestar el servicio público educativo en los términos fijados por la Ley 115 de 1994 o las normas que la modifique, sustituya o derogue.
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Localización de las Instituciones Universitarias e Instituciones Desarrollo y Educación para el Trabajo del Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, actualizado de acuerdo con la prestación del Servicio educativo del año 2024.
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Esta capa contiene polígonos que representan el Inventario Espacio Público de Esparcimiento y Encuentro existente en el Distrito de Medellín, para la vigencia 2023. Corresponde al espacio público efectivo de carácter permanente, destinado a la recreación, esparcimiento, ocio y encuentro ciudadano, adscritos al uso colectivo que prestan diversos servicios a la población cumpliendo funciones ecológicas, ambientales y sociales.
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Esta capa contiene los polígonos que representan el inventario del Sistema de Equipamientos del Distrito de Medellín para la vigencia 2023. Corresponde a las construcciones de uso y propiedad pública o privada, destinadas a satisfacer las necesidades básicas, tanto las que permiten la prestación de servicios colectivos a los habitantes, como las que soportan el funcionamiento y operación del municipio en su conjunto y sostienen el desarrollo de actividades multisectoriales. Esta capa se construyó a partir de la capa protocolizada del Acuerdo 048 de 2014, a la cual se le han ido incorporando nuevos elementos anualmente, para el cálculo de los indicadores asociados al Subsistema Equipamientos Colectivos.
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Esta capa contiene polígonos asociados a las diferentes unidades geológicas identificas en el distrito de Medellín, a partir de un extenso trabajo de campo y exploración del suelo durante la realización de la Microzonificación Sísmica de Medellín y el Valle de Aburrá, en convenio con el Área Metropolitana. Cada uno de los polígonos contiene información asociada al código y el nombre de cada unidad identificada de acuerdo con los estándares del Servicio Geológico Colombiano.
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Es un índice compuesto de cinco dimensiones de calidad de vida y no incluye ingresos. Su ventaja está en la posibilidad de analizar múltiples dimensiones de la pobreza que pueden ser experimentadas simultáneamente por un hogar. Es un índice compuesto de cinco dimensiones de calidad de vida y no incluye ingresos. Su ventaja está en la posibilidad de analizar múltiples dimensiones de la pobreza que pueden ser experimentadas simultáneamente por un hogar. consta de cinco dimensiones, todas las cuales se miden a nivel de hogar: i) condiciones educativas, ii) condiciones de la niñez y juventud, iii) salud, iv) trabajo y v) condiciones de la vivienda y servicios públicos domiciliarios. Estas dimensiones se dividen en 15 variables y un hogar con privaciones en al menos 5 variables (que representan el 33% de las privaciones) se considera en condición de pobreza multidimensional (DNP, 2011).
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Ubicación de los puntos que hacen parte del Inventario de Atractivos Turísticos de Medellín, realizado en el año 2019, mediante la aplicación de la metodología definida por el Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para la clasificación y evaluación de los atractivos y recursos turísticos.
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