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Registro de personas con discapacidad

Salud 

Proceso de certificación de las personas con discapacidad 

¿Quiénes son las personas con discapacidad? 

Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás, según la Ley 1346 de 2009. 

¿Qué es el certificado de discapacidad? 

Es un documento intransferible que entrega el estado colombiano a una persona con discapacidad después de realizar la valoración por un equipo multidisciplinario de profesionales de la salud. En este consta si la persona presenta una discapacidad física, mental, intelectual o sensorial.

Este certificado se registra en el sistema de Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad (RLCPD). 

¿Para qué sirve el Certificado de discapacidad? 

El certificado le permite al Estado colombiano generar estadísticas de las personas con discapacidad y ofrecerles acceso a beneficios locales de tipo: laboral, educativo, recreativo, económico y social. 

¿Qué es el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad o RLCPD? 

Este registro es la fuente oficial de información sobre las personas con discapacidad en Colombia. En él se incluyen los resultados de la certificación de discapacidad junto con datos sobre la localización y la caracterización. 

El certificado y el Registro permiten la construcción y evaluación de políticas y el desarrollo de planes, programas y proyectos orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad. 

¿El certificado de discapacidad es obligatorio? 

No, el certificado es de libre elección y auto-reconocimiento como persona con discapacidad. 

¿El certificado de discapacidad tiene costo?

No, el certificado no tiene costo. 

¿Cómo se solicita el certificado de discapacidad?

De acuerdo a la resolución 113 de 2020, la entidad responsable de emitir la autorización para la valoración por el equipo multidisciplinario es la Secretaria de Salud municipal o distrital. Debes acercarte a la Secretaría de Salud del lugar donde resides, y esta se encarga de generar la autorización e indicar las IPS autorizada que realizará la valoración, facilitando los datos de contacto para que se proceda a gestionar la cita. 

En la ciudad de Medellin, las personas interesadas en el certificado de discapacidad deben residir en este municipio y presentar la solicitud completa y por escrito al correo electrónico: certificadodiscapacidad@medellin.gov.co o puede radicarlo en el punto de atención al usuario ubicado en el sótano de la Alcaldía de Medellín, adjuntando los siguientes documentos e información en físico: 

• Copia del documento de identificación del solicitante.

• Copia de historia clínica con el diagnóstico relacionado con la discapacidad (CIE 10) emitido por el médico tratante de la EPS a la cual se encuentre afiliado y los soportes relacionados.    

• Copia de lectura de exámenes médicos o de apoyo, si se tienen, que estén relacionados con el diagnostico referido o conceptos profesionales de la salud, entre otros.

• Datos de contacto para ubicar al solicitante como: dirección de residencia, barrio, número de teléfono fijo, número de teléfono celular y correo electrónico.  

• Explicación breve para que trámite necesita el certificado de discapacidad. 

El interesado debe cumplir con estos requisitos básicos y solo es necesario enviar una solicitud. Esto para facilitar la labor de las personas que procesan las solicitudes. 

¿Qué pasa si ya tenía un certificado de discapacidad? 

Los certificados de discapacidad expedidos bajo los términos de la circular externa 009 de 2017 de la Supersalud se entregaron hasta el 30 de junio de 2020 pero son válidos únicamente hasta el 31 de diciembre de 2021. 

Lo que debes hacer es solicitar nuevamente el certificado de discapacidad acercándote a la Secretaria de Salud del lugar donde vives. 

¿Para qué no es requerido o válido el certificado de discapacidad?   

• No se requiere para acceder a los programas y beneficios de la Unidad de Discapacidad de la Alcaldía de Medellín.  

• No es válido para efectos de reconocer prestaciones económicas y asistenciales de los Sistemas Generales de Pensiones y Riesgos laborales, ni para la calificación de la perdida de la capacidad laboral y ocupacional.

• No debe ser exigido para evidenciar la presencia de discapacidad en personas mayores de veinticinco años para garantizar su permanencia en calidad de afiliados beneficiarios de un cotizante al Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS.  

• No es un requisito para el goce del derecho fundamental a la salud de las personas con discapacidad, por lo cual las instituciones deberán garantizar las mejores condiciones de atención y no estará limitada por restricciones administrativas o económicas, según la Sentencias T-017 de 2021 y C-606 de 2012,  el Articulo 11 de la Ley Estatuaria 1751 de 2015 y Ley 1346 de 2009.   

En todo caso las personas con discapacidad deben gozar de especial protección por parte del Estado, no estarán limitadas por ningún tipo de restricción administrativa o económica. Así mismo, las instituciones deben facilitarles el acceso a programas, servicios, beneficios, o las oportunidades de participación, evitando cualquier tipo de barreras, sea de actitud, de comunicación, físicas, políticas, programáticas, sociales y de transporte, que pueda impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. 

Si necesitas conocer más información sobre el Certificado de Discapacidad puedes consultar la página web de la Secretaria de Salud de dónde vives y revisar: 

Abecé de certificación de la discapacidad y el RLCPD, antes y después de la Resolución 113 de 2020.

Procedimiento para obtener la certificación de discapacidad.

• Resolución 113 de 2020. Por el cual se dictan las disposiciones en relación con la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. 

• Resolución 1043 de 2020. Por el cual se establecen los criterios para la asignación y distribución de los recursos destinados a la implementación de la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.

• Ley Estatutaria 1618 De 2013 - por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.


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