Municipio de Medellín Departamento Administrativo de Planeación Subdirección Planeación Estratégica de Ciudad
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Corresponde a los bienes inmuebles que cuentan con una valoración como patrimonio cultural, más no cuentan con acto administrativo de declaratoria como Bien de Interés Cultural. Estos inmuebles se encuentran listados en el articulo 140 del Acuerdo 48 de 2014. Esta categoría está conformada por las Subcategorías o Grupos: Arquitectónico, Urbanístico, Paisajístico y Arqueológico. Hacen parte del Subsistema de Patrimonio Cultural Inmueble.Esta capa contiene los elementos representados de tipo polígono.Actualizado según Resolución del Departamento Administrativo de Planeación -DAP-: Resolución 2018: 201850029062 (26/07/2018)
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Corresponde a los bienes inmuebles que cuentan con una valoración como patrimonio cultural, más no cuentan con acto administrativo de declaratoria como Bien de Interés Cultural. Estos inmuebles se encuentran listados en el Articulo 140 del Acuerdo 48 de 2014. Esta categoría está conformada por las Subcategorías o Grupos: Arquitectónico, Urbanístico, Paisajístico y Arqueológico. Esta capa contiene los elementos representados de tipo punto.
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Corresponde a los bienes inmuebles que cuentan con una valoración como patrimonio cultural, más no cuentan con acto administrativo de declaratoria como Bien de Interés Cultural. Estos inmuebles se encuentran listados en el Articulo 140del Acuerdo 48 de 2014.Hacen parte del Subsistema de Patrimonio Cultural Inmueble. Esta capa contiene los elementos representados de tipo línea(caminos antiguos, parte del inventario arqueológico).
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Corresponde a las Zonas de Influencia listadas en el Artículo 139 del Acuerdo 048 de 2014.Pueden ser de tipo urbanístico o arqueológico. Las Zonas de Influencia corresponden al contexto circundante o próximo de un inmueble o un conjunto de inmuebles declarados como BIC, necesarios para que los valores del mismo se conserven. No se consideran BIC, pero requieren de consideraciones de manejo e intervención en términos de su regulación, las cuales serán definidas mediante Planes Especiales de Manejo y Protección - PEMP, o Planes de Manejo Arqueológico. Hacen parte del Subsistema de Patrimonio Cultural Inmueble.
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