Se definen cómo el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general.

Estos datos solo se pueden solicitar con autorización del titular, siendo obligación del tercero con interés de acceder a ellos, requerir la autorización del titular. Y estrictamente en función de actividades propias de la naturaleza del dato y de la entidad.

Estos datos tienen restricción de divulgación a través de internet, carteleras, correos electrónicos, u otro medio de exposición hacia el público en general cuando no se cuenta con la autorización del titular.

Algunos ejemplo son: Datos generales relacionados con afiliación al sistema integral de seguridad social: EPS; IPS; ARL, fechas ingreso/retiro EPS, AFP; lugar y fecha de nacimiento; edad; correo electrónico personal; número de celular privado; datos financieros, crediticios y/o derechos de carácter económico de las personas y datos patrimoniales de la persona; datos socioeconómicos como estrato, propiedad de la vivienda, bienes muebles e inmuebles, ingresos, egresos, inversiones; datos relacionados con la actividad económica de la persona y la historia laboral, experiencia laboral; datos de antecedentes judiciales y/o disciplinarios de las personas.

Para más información consulte en ASTREA- Decreto 1096 de 2018


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