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Secretaría de Gestión Humana
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En este espacio encontrarás todas las sedes de atención a la ciudadanía de la Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía
En este espacio podrás presentar:
Es aquel que tiene toda persona para solicitar o reclamar ante la Alcaldía de Medellín, por razones de interés general o interés particular, para elevar solicitudes respetuosas de información y/o consulta y para obtener pronta resolución de las mismas.
Insatisfacción con la conducta o la acción de los servidores públicos o particulares que llevan a cabo un servicio público o por la deficiencia en la atención prestada.
Insatisfacción por la prestación de un servicio deficiente, retraso, desatención o deficiencia en los servicios prestados por la Alcaldía de Medellín.
Exponer una situación que puede ser ilícita, ya sea por actos de corrupción o conflictos de intereses.
Recomendación o propuesta de los ciudadanos para el mejoramiento de los servicios, funciones, metas y objetivos de la Alcaldía de Medellín.
Es importante señalar que los datos facilitados en este formulario pasarán a formar parte de los archivos automatizados propiedad de la Alcaldía de Medellín y podrán ser utilizados para el ejercicio de las competencias asignadas por ley. Lo anterior, de conformidad con la Ley 1581 de 2012, «Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales».
Con el fin de facilitar la interacción entre la ciudadanía y la Administración Municipal, establecimos un listado de las preguntas y las respuestas más frecuentes. Antes de radicar tu solicitud verifica si tu consulta se encuentra resuelta en la información suministrada.
Son las solicitudes que hacemos como personas (sin importar la edad) ante
la Alcaldía de Medellín, sin importar el contenido de la petición.
Es la inconformidad que presentamos por la atención que se consideramos
indebida del personal de la Alcaldía de Medellín.
Es la inconformidad que presentamos por el incumplimiento o irregularidad
del servicio prestado por la Alcaldía de Medellín, no en el personal sino en
el servicio
Es la propuesta o consejo que realizamos como ciudadanos para que la
Alcaldía de Medellín mejore en la prestación de sus servicios y productos.
El ciudadano expone una situación posiblemente ilícita por la conducta de
un servidor público o contratista de la Alcaldía de Medellín
Es el conjunto de requisitos, pasos, o acciones regulados por el Estado,
dentro de un procedimiento administrativo misional, que deben efectuar los
ciudadanos ante la Alcaldía de Medellín para adquirir un derecho o cumplir
con una obligación prevista o autorizada por la Ley y cuyo resultado es un
producto o un servicio.
Un trámite, o procedimiento administrativo regulado, debe cumplir las
siguientes condiciones: – Hay una actuación del usuario (entidad o
ciudadano -persona natural, persona jurídica-). – Tiene soporte normativo.
– El usuario ejerce un derecho o cumple una obligación.
Relación de documentos que desea aportar en caso de que la solicitud no
cuente con la información necesaria para su gestión se requerirá al
ciudadano lo faltante.
Presencial: por medio de las Casas de Gobiernos, Centros de Servicios y
Mascerca
Telefónico: a través de la Línea Única 4444144
Virtual: por medio de la página web www.medellin.gov.co
Las redes sociales NO son medio oficiales para la radicación de PQRSD,
solo funcionan como un canal de orientación.
Conforme al Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, el cual señala: «…Cuando
se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia
íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en
todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el
término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se
considerará surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso…».
Salvo norma legal especial en contrario y so pena de sanción disciplinaria,
toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a
su recepción en la entidad. Sin embargo existen otros términos para dar
respuesta según el tipo de solicitud: Diez (10) días para contestar
peticiones de información; Treinta (30) días para contestar consultas, Hasta
(2) meses para contestar recursos, revocatorias, impugnaciones y demás
procedimientos administrativos
El solicitante puede desistir de las peticiones, en forma expresa cuando el
peticionario así lo manifieste y en forma tácita cuando conforme a la ley
opere la presunción de desistimiento. No obstante lo anterior, las
autoridades de oficio podrán continuar con la actuación si la consideran
necesaria para el interés público.
Toda petición debe ser respetuosa. Sólo cuando no se comprenda su
finalidad u objeto, se devolverá al interesado para que la corrija o aclare
dentro de los diez (10) días siguientes. En caso de no corregirse o
aclararse, se archivará la petición.
Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá
remitirse a las respuestas anteriores.
A las peticiones irrespetuosas no se les dará trámite y así se le informará
al interesado
Las autoridades darán atención prioritaria a las peticiones de
reconocimiento de un derecho fundamental cuando deban ser resueltas
para evitar un perjuicio irremediable al peticionario, quien deberá probar
sumariamente la titularidad del derecho y el riesgo de perjuicio invocados.
Cuando por razones de salud o de seguridad personal esté en peligro
inminente la vida o la integridad del destinatario de la medida solicitada, la
autoridad deberá adoptar de inmediato las medidas de urgencia necesarias
para conjurar dicho peligro, sin perjuicio del trámite que deba darse a la
petición.
Cuando más de diez (10) ciudadanos formulen peticiones de información
análogas, la Administración podrá dar una única respuesta que publicará
en un diario de amplia circulación, la pondrá en su página web y entregará
copias de la misma a quienes las soliciten.
Toda decisión que rechace la petición de informaciones o documentos será
motivada, indicará en forma precisa las disposiciones legales pertinentes y
deberá notificarse al peticionario. Contra la decisión que rechace la petición
de informaciones o documentos por motivos de reserva legal, no procede
recurso alguno, salvo lo previsto en el artículo siguiente.
La restricción por reserva legal no se extenderá a otras piezas del
respectivo expediente o actuación que no estén cubiertas por ella.
Las respuestas deben:
Dado que el Derecho de Petición es un derecho fundamental contemplado
en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, su vulneración
implica que el peticionario puede acudir directamente a la acción de tutela
para reclamar la protección a sus derechos constitucionales
fundamentales, y procederá contra toda acción u omisión de las
autoridades públicas, o particulares según se trate.
Adicionalmente la Ley 734 de 2002 “Por la cual se expide el Código
Disciplinario Único”, establece de manera categórica en su artículo 35, que
a todo servidor público le queda prohibido «Omitir, retardar o no suministrar
debida y oportuna respuesta a las peticiones respetuosas de los
particulares o a solicitudes de las autoridades, así como retenerlas o
enviarlas a destinatario diferente de aquel a quien corresponda su
conocimiento.”
Las respuestas a las peticiones llegarán en el tiempo que se tiene asignado
al correo electrónico que haya proporcionado en la solicitud o en la
dirección física definida. Si soy el solicitante, también puedo acudir a
cualquier sede de Servicio a la Ciudadanía ubicadas en las comunas de
Medellín para que me entreguen la copia respectiva.
Sí puedo hacerla si tengo algún interés, por ejemplo, si obro en nombre de
un familiar o de otra persona que no pueda hacerlo de manera directa. En
todo caso, la Alcaldía analizará cada caso específico.
En el Municipio de Medellín contamos con la Línea Única de Atención a la Ciudadanía donde puedes obtener información acerca de los planes, programas, proyectos, trámites y servicios que se ofrecen en las distintas dependencias de la Administración Municipal.
¡Hola!
Nos alegra tu visita.
En un momento uno de nuestros asesores te atenderá.
Este es un espacio tecnológico para responderte de manera ágil y oportuna tus requerimientos e inquietudes en tiempo real. Este tiene la capacidad de darte información sobre los trámites, servicios, programas y proyectos de la Alcaldía de Medellín.
En este espacio podrás conocer manuales, informes de PQRSD, niveles de satisfacción de la ciudadanía, notificaciones por aviso y mucho más.
Una alternativa para que, a través de la virtualidad, te conectes en tiempo real con nuestros servicios y recibas asesoría para tus trámites.
Para comunicarte con la Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía de la Alcaldía de Medellín escríbenos al correo gestionhumanaysc@medellin.gov.co o al teléfono 385 55 55 Ext. 5601.