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Cuando la emigración sea permanente o definitiva para todo el núcleo familiar, el afiliado deberá cambiar de EPS, afiliándose a una que opere el respectivo régimen e...
Cuando la emigración sea permanente o definitiva para todo el núcleo familiar, el afiliado deberá cambiar de EPS, afiliándose a una que opere el respectivo régimen en el municipio receptor; por ende, no hay lugar a la figura de portabilidad sino al traslado de EPS, caso en el cual no es exigible el cumplimiento del período de permanencia de un año.