El Decreto nacional 636 del 2020, imparte instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia Covid-19, adicionalmente pretende el mantenimiento del orden público; en consecuencia ordena el aislamiento preventivo obligatorio desde el día 11 de mayo hasta el 25 del mismo mes. El artículo 3°, estableció que los gobernadores y alcaldes permitirán el derecho de circulación en cuarenta y seis (46) casos o actividades.

El parágrafo 1 del artículo en mención, dispone que las personas que desarrollen dichas actividades, deben estar acreditadas en el ejercicio de sus funciones. En su parágrafo 5, dispuso que la operación de las actividades mencionadas, requieren el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y la Protección Social.

El Municipio de Medellín en desarrollo de la medida expedida por el Gobierno Nacional, público el decreto 509 de 2020 en el cual adopta medidas sanitarias y de policía, tales como: Pico y Cédula para el abastecimiento, diligencias bancarias y similares.

En otro aspecto la medida, le indica a los ciudadanos y propietarios de empresas que pertenezcan a las actividades exceptuadas por el Gobierno Nacional registrarse en las Plataformas: Medellín Me Cuida y Medellín Me Cuida Empresas, entre otras medidas.


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