Son espacios de participación ciudadana en los concejos municipales, constituyen u instrumento de control político y se convocan, por el concejal coordinador, con el propósito de analizar o decidir sobre un tema especifico, en un tiempo determinado.

Siempre que un servidor público sea citado a una comisión accidental deberá asistir y, en caso de no poderlo hacer, deberá delegar mediante un oficio a una persona idónea de su competencia, con capacidad para tratar el asunto.

La inasistencia a las comisiones por parte de los representantes de las secretarías y departamentos administrativos, la rotación de representantes sin el debido conocimiento del tema, las respuestas extemporáneas o al momento de la reunión, así como falta de articulación entre dependencias, dificultan la labor de los concejales y pueden derivar en consecuencias disciplinarias.

La Personería de Medellín, en el marco de su función de vigilancia de la conducta oficial, nos insta a estar atentos al cumplimiento de este deber.

Para conocer mas sobre el tema, puedes consultar en ASTREA el acuerdo Municipal No 69 de 2013, articulo 83 y siguientes.


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