Es aquel que resulta de una relación contractual civil o comercial que el juez declara como una relación laboral, porque encuentra configurados los elementos de una relación laboral (horario, salario y subordinación), independientemente de la denominación que las partes hayan dado al contrato.

Dadas las sentencias proferidas en contra del Municipio de Medellín se identificaron como causas genéricas las siguientes:

  • Fallas en la supervisión de contratos de prestación de servicios; permanencia en el servicio, continuidad de objeto y sujetos; contratos de prestación de servicios para desarrollar actividades propias de trabajadores oficiales; exigencia de portar carné y uniformes y, cumplimiento de horarios e instrucciones.
  • A manera de prevención del daño antijurídico, el Municipio de Medellín debe limitar su intervención en la ejecución de los contratos de prestación de servicios celebrados para cumplir con sus obligaciones dentro del contrato, circunscribiéndose a la labores de interventoría y control del contrato, sin hacer sugerencias o recomendaciones de personal a contratar, así como tampoco deben darse órdenes directas a dichos contratistas, evitando crear vínculos de subordinación que den lugar a condenas solidarias. Advirtiendo a los funcionarios encargados que tal injerencia puede originar una acción de repetición en aquellos casos que dicha conducta sea la causa de la condena solidaria al Municipio de Medellín.
  • Así mismo, la Secretaría General, a través de la Circular 01 de 2016, por medio de la cual se dieron directrices en materia de contratación, con relación a los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, señaló: “(…)no podrá ser a través de terceros; cuando estos contratos se requieran, serán contratados directamente por la Alcaldía de Medellín, evitando sobrecostos por la intermediación. Estos contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, se harán por el tiempo estrictamente necesario para la satisfacción de las necesidades que se tengan.”

Para mayor información consulta en la Biblioteca Jurídica Virtual ASTREA, la resolución 031 de 2017, por medio del cual se adopta la política de prevención del daño antijurídico en materia de contrato realidad para el municipio de Medellín y la circular 01 de 2016, por medio de la cual se dieron directrices en materia de contratación.


Acércate a la Alcaldía de Medellín

Ir al contenido