El Alcalde, conforme a la facultad que le otorga la Ley 489 de 1998, y en atención a la regulación especial en materia de contratación, mediante el Decreto 1039 de 2016 delegó la ordenación del gasto en la Secretaría de Suministros y Servicios a partir del 1 de septiembre de 2016, a menos que de forma precisa y concreta se le delegara a una Secretaría diferente.

El Alcalde se reservó la facultad de suscribir los contratos de empréstito, los convenios de cooperación con organismos multilaterales de crédito o celebrados con personas extranjeras de derecho público u organismos de cooperación, asistencia o ayuda internacional, independientemente de la dependencia que los gestione.

Para saber mas de este tema, los invitamos a consultar el Decreto 1039 de 2016, en la biblioteca jurídica virtual del Municipio de Medellín – ASTREA.


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