Las fechas para emitir la inscripción, certificación del RUP, además de evaluaciones de requisitos habilitantes y actos de apertura para procesos de selección  quedaran de la siguiente forma: 

  • Para  la inscripción en el Registro Único de Proponentes se podrá efectuar desde 01 de junio del 2021.
  • La información podrá ser certificada  por parte de las Cámaras de Comercio a partir del 01 de julio del 2021.
  • Las Entidades Estatales establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional, teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de Proponentes a partir del 01 de junio de 2021.
  • A partir del 01 de julio de 2021 las entidades estatales podrán emitir el   acto administrativo de apertura o invitación y al estructurar sus procedimientos de selección, incluirán la información vigente y en firme en el RUP, por lo que al evaluar las ofertas verificarán el cumplimiento de los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional, con los indicadores del mejor año que se refleje en el registro de cada proponente en los últimos tres (3) años

Dicha sustitución se acoge con el propósito de que las Cámaras de Comercio implementen con mayor eficiencia estas medidas y acelere la reactivación económica, toda vez que estas cuentan con un alto porcentaje de inscritos en el RUP con información financiera de los últimos 3 años, propendiendo por una mayor pluralidad de oferentes en los procedimientos de selección y fortaleciendo a su vez la reactivación económica del país al permitir la participación de proponentes que han sido afectados negativamente por la pandemia del COVID-19.

 Para mayor información consultar el Decreto 579 del 31 de mayo de 2021 el cual modifica del Decreto 1082 de 2015.


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