Es una herramienta de gestión que permite, con base en juicios objetivos sobre la conducta, las competencias laborales y los aportes al cumplimiento de las metas institucionales de los empleados públicos de carrera administrativa y en período de prueba, verificar, valorar y calificar sus realizaciones y el logro de las funciones y responsabilidades inherentes al empleo que desempeñan.

Debe hacerse con base en parámetros previamente establecidos en los compromisos laborales acordados con los servidores, verificando su cumplimiento y si se ha contribuido con las metas institucionales. Anualmente, deben hacerse dos evaluaciones parciales semestrales (para los períodos comprendidos entre el 1 de febrero y el 31 de julio de cada año y entre el 1 de agosto y el 31 de enero del año siguiente), cuyos resultados serán ponderados en una evaluación definitiva anual u ordinaria, que se realizará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al 31 de enero de cada año.

En el municipio, la Resolución No 201750023130 de 2017 adoptó los ajustes al sistema propio de evaluación del desempeño laboral de los empleados públicos de la Alcaldía de Medellín. Para conocer más, consulta en ASTREA la Ley 909 de 2004 (artículos 38 a 40) y el Título 8 del Decreto 1083 de 2015.


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