Es una herramienta de planificación empleada para la gestión y control de las posibles causas de daño antijurídico que han sido identificadas por las dependencias.

Funciona como una hoja de ruta que establece la manera en que se organizan, orientan e implementan el conjunto de medidas y mecanismos necesarios para la prevención del daño antijurídico, en cada una de las dependencias, funciona como la Política de Prevención del Daño Antijurídico para el Municipio de Medellín.

Su diseño y elaboración, está a cargo del Comité de Enlace Jurídico, conforme a sus funciones establecidas en el artículo 10.1.2 del Decreto Municipal 2112 de 2015, la Subsecretaría de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría General, es la Dependencia encargada de coordinar las labores necesarias para la Formulación del Plan de Acción de Prevención del Daño Antijurídico y luego presentarlo al Comité de Conciliación para su aprobación y adopción, la cual se realiza mediante acto administrativo expedido por el Presidente de dicho Comité, conforme a las facultades otorgadas por el artículo 2.2.4.3.1.2.2 y el numeral 1° del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto No.1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho.

La Subsecretaría de Prevención del Daño Antijurídico y el Comité de Enlace Jurídico, realizaran anualmente el seguimiento y evaluación a la ejecución de las medidas y mecanismos formulados por cada dependencia en el Plan de Acción de Prevención del Daño Antijurídico, conforme a los indicadores de gestión, resultado e impacto allí planteados, los cuales permiten medir la efectividad de las acciones allí planteadas conforme a la actividad litigiosa de la entidad.


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