El artículo 196 de la Ley 1955 de 2019 estableció medidas para la generación de oportunidades de empleo, en entidades públicas, para los jóvenes entre dieciocho (18) y veintiocho (28) años. Esta disposición fue reglamentada, recientemente, por la Ley 2214 de 2022, con la cual se pretende fortalecer las medidas para promover el empleo juvenil.

Entre las medidas previstas en la Ley 2214 de 2022 está la obligación de las entidades públicas de otorgar, en condiciones de igualdad, por lo menos el diez por ciento (10%) de prelación en la asignación de los empleos temporales existentes o nuevos a jóvenes entre los 18 y 28 años,
“egresados de programas técnicos, tecnólogos y de pregrado”, que no tengan experiencia en su campo de conocimiento y que cumplan los requisitos del cargo, siempre y cuando dichos empleos no puedan ser provistos mediante el uso de listas de elegibles o a través de encargo de empleados de carrera de la entidad que cumplan los requisitos para su desempeño (artículo 4).

Para la aplicación de este medida, tienen prioridad “los jóvenes entre los 18 y 28 años que estuvieron bajo custodia y protección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar” (Ley 2214 de 2022, artículo 4, parágrafo).

Para ampliar esta información, los invitamos a consultar la Ley 2214 de 2022.


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