Mediante Circular N°20210000054 del 09 de marzo de 2021, la Secretaría General emitió los lineamientos en la aplicación de Ley estatutaria 996 de 2005 en garantías electorales. Las fechas, prohibiciones y restricciones en materia de contratación, se resumen a continuación:

Restricción por elección presidencial

Fecha de elección: 29 de mayo

Periodo de restricción: Desde el 29 de enero hasta el 29 de mayo o al 19 de junio en caso de segunda vuelta.

  • Se restringe toda la contratación directa salvo las excepciones de la ley (contrataciones directas para defensa y seguridad del estado, crédito público, emergencias educativas, sanitarias o desastres, reconstrucción de vías e infraestructura y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias)

Restricción por elección del congreso

Fecha de elección: 13 de marzo del 2022

Periodo de restricción: Desde el 13 de noviembre de 2021 al 13 de marzo del 2022.

  • Se prohíben los contratos o convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos. La prohibición que en principio va hasta el 13 de marzo de 2022, continúa hasta que se elija presidente de la república (29 de mayo o 19 de junio para segunda vuelta) en consideración dichos contratos o convenios que se encuentran dentro de la contratación directa.

Para mayor información consultar la circular 054  de 2021 de la Secretaría General


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