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A través de Isvimed, se promueve la regularización de viviendas construidas sin licencias, entregando reconocimientos que brindan seguridad jurídica y acceso a benefic...
La Administración Distrital continúa en su propósito de promover la regulación de las viviendas que fueron construidas sin las licencias o permisos requeridos, a través del programa Reconocimiento de Edificaciones, que es liderado por el Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín -Isvimed-.
La directora de la entidad, Valentina Aguilar Ramírez, dijo: “Desde el instituto queremos acompañar a las familias para que reconozcan y legalicen sus viviendas. Este trámite les permite valorizar comercialmente sus inmuebles, iniciar procesos de desenglobe y propiedad horizontal, acceder a licencias para mejoramiento, conectar legalmente los servicios públicos y obtener créditos y subsidios. Además, evitar multas, demoliciones o embargos”.
En días pasados, se entregaron 166 reconocimientos para que las familias dieran ese paso hacia la legalidad y la tranquilidad. Los beneficiarios recibieron la resolución de reconocimiento expedida por la Curaduría Cero, los planos firmados y sellados, así como el certificado de nomenclatura expedido por la Subsecretaría de Catastro.
Este trámite busca que las autoridades competentes declaren la existencia de las edificaciones que se ejecutaron sin obtener las licencias de construcción respectivas, siempre y cuando cumplan con los usos permitidos por las normas urbanísticas vigentes y que hayan sido finalizadas al menos cinco años antes de la entrada en vigencia de la Ley 1848 de 2017.
“Hace 30 años que tengo esta propiedad y no la había legalizado porque no tenía con qué hacerlo. Me hacían falta recursos económicos, pero la Alcaldía de Medellín tocó las puertas de mi casa y me ayudó con la gestión de este trámite. Es una alegría muy grande, no solo para mí sino para mi familia”, aseguró Carlos Arturo Aguiar Arenas, beneficiario.
Para acceder a este beneficio es necesario tener en cuenta algunos requisitos generales: de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial -POT-, el predio debe ser apto y estar saneado jurídicamente, escriturado o titulado; su uso deber ser para vivienda y no comercial; estar ubicado en estratos 1, 2 o 3; y contar con especificaciones de altura y número de unidades de vivienda que se pueden construir.
Este, así como todos los programas y trámites que gestiona Isvimed, no tienen costo. Para acceder a ellos, solo se debe ingresar a la página www.isvimed.gov.co.