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La Alcaldía de Medellín, reconoce la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y la toma de decisiones con apoyo dando respuesta a la Ley 1996 de 2019, para lo cual ofrece el servicio de valoración de apoyo a esta población. Desde la Secretaría de Inclusión Social y Familia (S.I.S.F) explican en qué consiste.
¿Qué es el servicio de valoración de apoyos?
R/ S.I.S.F.: Consiste en realizar una entrevista para establecer cómo una persona con discapacidad mayor de edad expresa su voluntad e identificar qué tipo de apoyos necesita para hacerlo.
¿Quiénes lo requieren?
R/ S.I.S.F.: Las persona con discapacidad mayor de edad que necesita adelantar un acto jurídico y requiere apoyos para manifestar su voluntad y tomar decisiones.
¿Qué es un acto jurídico?
R/ S.I.S.F.: Es una acción para crear, cambiar o terminar, alguna situación jurídica que involucre a la persona con discapacidad.
¿Cuándo no se requiere el servicio de valoración de apoyos?
R/ S.I.S.F.: Cuando una persona con discapacidad manifiesta su voluntad por sí misma con ciertos ajustes razonales no se requiere la adjudicación de apoyo y por ende no se requiere el servicio de valoración de apoyo, para estos casos se puede acudir a:
– Acuerdos de apoyo o Directivas Anticipadas que se adelantan ante notaria.
– Centros de conciliación en derechos.
¿Qué requisitos hay para recibir el servicio de valoración de apoyos?
R/ S.I.S.F.: Quienes deseen hacer uso de este servicio deben tener en cuenta cumplir con los siguientes requisitos: Informar sobre los nombres y apellidos de la persona con discapacidad tener copia del documento de identidad, registro civil de nacimiento, certificado de discapacidad; si se cuenta con el mismo o diagnóstico médico donde conste la categoría de discapacidad de la persona, manifestar si la persona es casada o en unión marital de hecho, soltera o viuda.
Se deben suministrar todos los datos de contacto de la persona que hace la solicitud, nombres y apellidos completos de la persona que hace la solicitud cuando sea diferente de la persona con discapacidad, copia del documento de identidad de la persona que hace la solicitud, registro civil de nacimiento del solicitante, acto jurídico que necesita adelantar la persona con discapacidad, indicación de las personas que hacen parte de la red de apoyo de la persona con discapacidad y sus datos de contacto y la forma de comunicación que usa la persona con discapacidad.
¿Cómo acceder a las rutas oficiales de atención para el servicio de valoración de apoyo.
R/ S.I.S.F.: La persona solicitante del servicio de valoración de apoyo puede hacerlo ante la Personería de Medellín, la Defensoría del Pueblo y el Distrito de Medellín.
Cualquiera de estas tres entidades está en la obligación de recibir documentos y ofrecer el servicio de valoración de apoyo.
Canales de Personería de Medellín:
Centro Cultural Plaza de la Libertad.
Dirección: carrera 53 A N° 42 – 101, contigua al Centro Administrativo La Alpujarra.
Horario: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 4:00 p. m.
Teléfono: +57(604) 3849999 Ext.300 – Fax: +57 (604)3811847.
Línea gratuita: 01 8000 941019.
Email: info@personeriamedellin.gov.co
Email notificaciones judiciales: notificacion.judicial@personeriamedellin.gov.co
Canales de Defensoría del Pueblo Regional Antioquia
Teléfono: +57(604) 2514779, +57(604) 2512243.
Correo: antioquia@defensoria.gov.co
Dirección: carrera 49 # 49-24 edificio Bancomercio pisos 3,4,5 y 6.
Horario: lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 2:00 p. m. a 6:00 p. m.
Canales Distrito de Medellín:
Teléfono: (604) 4444144.
Dirección: Sede Centro de Servicio a la Ciudadanía La Alpujarra Calle 44 # 52 – 165, sótano de La Alpujarra, Taquillas de atención a la ciudadanía.
Web: https://www.medellin.gov.co/es/pqrsd/