Alcaldía de Medellín Trámites y Servicios
Se trata de un documento personal e intransferible, que únicamente puede ser expedido por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) autorizadas por la Secretaría Distrital de Salud y que le permite al Estado colombiano generar estadísticas de esta población y ofrecerles acceso a beneficios de tipo: laboral, educativo, recreativo, económico y social.
El proceso de certificación de discapacidad está determinado en la necesidad de identificar las características de las personas con discapacidad y su relación con el entorno. Tanto la certificación, como el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, están fundamentados en la CIF - Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud.
¿Cuál es la normativa vigente del proceso de certificación?
El Proceso está enmarcado bajo los lineamientos de la Resolución 1197 del 2024, del Ministerio de Salud y Protección Social, por medio de la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.¿Qué vigencia tiene el certificado de discapacidad?
El certificado no pierde vigencia. Sólo deberá ser actualizado las siguientes situaciones:● Cuando el menor de edad certificado cumpla seis (6) años.
● Cuando el menor de edad certificado cumpla dieciocho (18) años.
● Cuando a criterio del médico tratante se modifiquen las deficiencias corporales, limitaciones en las actividades o restricciones en la participación, por efecto de la evolución positiva o negativa de la condición de salud.
En el marco de la política de racionalización de trámites y en cumplimiento del inciso 2 del artículo 6 del decreto 103 del 20 de enero de 2015 - Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 "Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública".
Información del trámite y normativa asociada