:: Inscripción de Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios y su respectivo Vocal de Control
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¿Qué son los Comités de Desarrollo y Control Social (CDCS)?
Los CDCS son organismos creados por los usuarios de los servicios públicos que funcionan como mecanismo, para ejercer el control social en los Servicios Públicos Domiciliarios de:
• Acueducto.
• Alcantarillado.
• Aseo.
• Energía.
Se conforman por iniciativa de un número plural de usuarios, suscriptores o suscriptores potenciales del Municipio de Medellín. En la ciudad puede haber uno o varios Comités de Servicios Públicos Domiciliarios.
¿Quiénes pueden hacer parte del comité?
Usuario: persona que se beneficia con la prestación de un servicio público domiciliario; puede ser el propietario de la vivienda que recibe el servicio o la persona que lo utilice habitualmente.
Suscriptor: persona que celebra el contrato de prestación de servicios públicos con una empresa.
Suscriptor potencial: persona que ha iniciado consultas para convertirse en usuario de los servicios públicos.
¿Qué es un vocal de control?
Es el Representante del Comité de Desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliarios ante entidades prestadoras de los servicios en lo que tiene que ver con la vigilancia para la adecuada prestación del mismo; además es el encargado de divulgar los diferentes mecanismos que disponen los ciudadanos para ejercer sus derechos ante dichas empresas y autoridades estatales.
¿Quiénes no pueden hacer parte de los comités?
• Funcionarios de las organizaciones o empresas prestadoras objeto de fiscalización del comité.
• Funcionarios de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
• Funcionarios de la Comisión de Regulación relacionada con el servicio público al que el comité realiza control social.
• Quienes reciban los servicios públicos en forma fraudulenta y quienes soliciten la conexión de los servicios en áreas donde no sea posible prestarlos, ya sea por tratarse de zonas de alto riesgo o por considerarlas de interés general.
Pasos a seguir
Los ciudadanos que estén interesados en conformar el Comité de Desarrollo y Control Social deben convocar a una asamblea con el fin de constituirlo.
¿Qué se debe hacer para realizar la Asamblea Constitutiva?
Realizar la convocatoria a la Asamblea Constitutiva, debe hacerse por lo menos diez días hábiles antes de la reunión, indicando claramente fecha, hora y lugar. Es fundamental efectuar la convocatoria a través de diferentes medios que proporcionen una amplia difusión en el Municipio, de tal manera que la invitación sea conocida por todos los ciudadanos.
Los documentos que deben presentar los usuarios interesados para hacer parte de la Asamblea y del Comité de Desarrollo y Control Social son:
• Última factura de cobro del (los) respectivo(s) servicio(s).
• Acreditar calidad de suscriptor potencial con la respectiva radicación de solicitud del servicio ante la(s) empresa
¿Cómo se eligen los vocales de control en la Asamblea?
Una vez se presenten los candidatos, se hace una votación y se elegirá el que mayor número de votos obtenga.
¿Cómo se legaliza y reconoce un comité?
La inscripción y reconocimiento del comité y su vocal de control deberá realizarse ante la Alcaldía de Medellín, Subsecretaria de Servicios Públicos; dependencia facultada por el Alcalde para expedir la respectiva resolución.
Presentar copia del acta de la Asamblea Constitutiva, listados de asistencia, copia de la convocatoria y las cuentas de servicios públicos.
Lugar de trámite: Calle 44 No. 52-165. Centro Administrativo la Alpujarra. Archivo y correspondencia-
Normas que lo regulan:
Ley 1551 del 2012 " Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios".
Ley 142 de 1994 "Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones".
Ley 689 de 2001 "Por la cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994".
Decreto 1077 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio".
Tiempo de resolución: quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud de inscripción.
Cualquier inquietud adicional, comunicarse con la Subsecretaría de Servicios Públicos al teléfono 385 55 55 ext. 7236, WhatsApp 3214247073 y correo electrónico: diego.gallo@medellin.gov.co
Actos de "Reconocimiento e inscripción del comité de desarrollo"
Descripción: "Las resoluciones de reconocimiento de los vocales de control son actos administrativos de interés para la ciudad. Los vocales son los representantes de los Comités de Desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliarios ante entidades prestadoras de los servicios públicos en lo que tiene que ver con la vigilancia para la adecuada prestación del mismo; además es el encargado de divulgar los diferentes mecanismos que disponen los ciudadanos para ejercer sus derechos ante dichas empresas y autoridades estatales".
IDENTIFICACIÓN DE PÁGINAS RESOLUCIONES VOCALES |
Resolución |
Nombre del vocal |
Nombre de CDCS |
Págs |
RESOLUCIÓN_0183_2001 |
MIGUEL_ANGEL_JIMENEZ |
23_DE_ABRIL |
1 a 3 |
RESOLUCIÓN_052_1999 |
DAVID_ALONSO_CARDONA |
CIDCOS |
4 a 6 |
RESOLUCIÓN_003_2012 |
YESID_HENAO_SALAZAR |
CIUDADANÍA POR MEDELLÍN |
7 a 9 |
RESOLUCIÓN_025_2004 |
GUILLERMO_LEÓN_DIOSSA |
CODECOS |
11 a 13 |
RESOLUCIÓN_1803_2003 |
GABRIEL_RICARDO_MAYA |
USUARIOS EPM |
14 a 16 |
RESOLUCIÓN_0543_2005 |
FREDY_ESCOBAR |
COMPROMISO COMUNITARIO |
17 a 19 |
RESOLUCIÓN_005_2014 |
DILSON_JOSE_SOLANO_DOMINGUEZ |
COMUNA 10 |
20 a 22 |
RESOLUCIÓN_4631_2010 |
FLOR_IMELDA_PINILLA |
COMUNA 11 |
24 a 27 |
RESOLUCIÓN_0054_2011 |
SANDRA_MILENA_BERMUDEZ |
COMUNA 12 |
28 a 31 |
RESOLUCIÓN_0161_2011 |
HERNAN_GRISALES |
COMUNA 13 |
32 a 35 |
RESOLUCIÓN_007_2014 |
NESTOR_MAURICIO_CALY |
COMUNA 16 |
36 a 37 |
RESOLUCIÓN_0014_2011 |
JESUS_GEOVA_MEJÍA |
COMUNA 2 |
38 a 41 |
RESOLUCIÓN_0282_2013 |
JOHN_FREDY_LOPERA_MEJIA |
COMUNA 5 |
42 a 44 |
RESOLUCIÓN_0076_2011 |
FRANCELINA_MORENO_CORDOBA |
COMUNA 6 |
46 a 48 |
RESOLUCIÓN_075_2017 |
EVERARDO_RODAS_GAVIRIA |
COMUNA_7 |
50 a 52 |
RESOLUCIÓN_0136_2013 |
ELIECER_DE_JESÚS_VILLA |
COMUNA 8 |
54 a 55 |
RESOLUCIÓN_0046_2011 |
DIANA_LUCÍA_MONTOYA |
COMUNA 9 |
56 a 59 |
RESOLUCIÓN_102_2015 |
ALBERTO_ARROYAVE |
CONECTEMONOS |
60 a 61 |
RESOLUCIÓN_0027_2002 |
OSCAR_JAIME_OQUENDO |
EL_PROGRESO_ES_VIDA |
62 a 64 |
RESOLUCIÓN_1804_2003 |
LUIS_FERNANDO_MONSALVE |
ENERGÍA ELÉCTRICA |
65 a 67 |
RESOLUCIÓN_0117_2013 |
GILDARDO_CORREA_SALAZAR |
LA COMUNA 1 |
68 a 70 |
RESOLUCIÓN_1060_2002 |
ADOLFO_CABEZA_CABALLERO |
LIMONAR_1 Y 2 |
72 a 74 |
RESOLUCIÓN_0633_2005 |
ERNESTO_DE_JESÚS_ATEHORTÚA |
LOS DEFENSORES |
75 a 77 |
RESOLUCIÓN_290_2015 |
ELENA_RICO |
MYPIMES |
78 a 79 |
RESOLUCIÓN_1799_2003 |
LUIS_FERNANDO_GOMEZ |
MUNICIPIO DE MEDELLIN |
80 a 82 |
RESOLUCIÓN_1796_2003 |
JOSÉ_MARIO_RESTREPO |
PARTICEPEMOS |
83 a 85 |
RESOLUCIÓN_009_2014 |
MARCO_AURELIO_PIEDRAHITA |
SAN ANTONIO DE PRADO |
86 a 87 |
RESOLUCIÓN_007_2004 |
OSWALDO_LEÓN_GOMEZ |
TODOS CIUDAD |
88 a 90 |
RESOLUCIÓN_201750018669 |
RUBÉN_DARÍO VARGAS_PÉREZ |
Ciudadela Nuevo Occidente Conectémonos |
91 a 93 |
RESOLUCIÓN_201750018668 |
OLMER_ORLANDO_PALACIO |
COMUNA 3 CONETÉMOSNOS |
95 a 97 |
RESOLUCIÓN_202050078644 |
SERGIO_ANDRES_RESTREPO_MUÑOZ |
BUEN_VECINO |
99 A 101 |