The iView has timed out. It is now displaying expired content from the cache. Click 'Reload' to retrieve updated content. You may need to wait for the cache to retrieve the content from the source.Reload
iView has timed out; there is no cached content to display. Click Reload to retrieve updated content. You may need to wait for the cache to retrieve the content from the source. Reload
2718150

Branding Image
 
 
 
   

Gestiona tu usuario de red:

Gestionar usuario
Copyright © SAP AG. All Rights Reserved.
SAP AG

Impuesto de espectáculos públicos

¿En qué consiste el trámite?

Pago que se genera por la realización o presentación de espectáculos públicos diferentes de los espectáculos de artes escénicas.

¿Dónde lo puedo realizar?

De manera Presencial puedes dirigirte a: 

 

Servicios Tributarios

   Dirección: Calle 44 # 52 – 165

   Horario: Lunes a Jueves de 07:30 a 05:00 p.m., Viernes de 07:30 a 04:00 p.m., Jornada Continua.

 

El impuesto debe pagarse por el responsable dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de presentación del espectáculo. Cuando se trate de espectáculos con una duración superior a un día, el pago de los impuestos deberá realizarse dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a cada una de las presentaciones.

¿Qué documentos debo presentar?

Para realizar el trámite se deben entregar los siguientes documentos:

  • Carta de solicitud. La carta aplica cuando la boletería es manual. 

En caso de que la boletería sea en linea la entidad verificará la información con las empresas acreditadas para la venta de dicha boletería

¿Qué requisitos debo cumplir?

No tiene 

¿Debo realizar algún pago?

No tiene costo

¿Qué verifica la entidad?

No se requieren verificaciones por parte de la entidad

Condiciones especiales para acceder al trámite

Excepción 1: Si el Espectáculo Público utiliza venta de boletería por el sistema en línea

  • Informar de esta situación a la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda Municipal, aportando el número del código asignado al espectáculo público             
  • Concepto favorable del aforo por parte del DAGRD
  • Permiso de la Secretaría Seguridad y Convivencia para la realización del evento

¿En cuánto tiempo tengo respuesta?

En 3 días hábiles 

¿A quién va dirigido?

  • Instituciones o dependencias públicas
  • Ciudadano
  • Organizaciones
  • Extranjeros

 

 

Más información

El trámite también se conoce como: Pago por la realización de espectáculos públicos, Liquidación del Impuesto de espectáculos públicos

La Dependencia encargada es:  Secretaría de Hacienda

 La Temática asociada es Impuestos

Enlaces

Puedes visualizar la información a través del Portal Único del Estado Colombiano ingresando aquí


Acércate a la Alcaldía de Medellín