The iView has timed out. It is now displaying expired content from the cache. Click 'Reload' to retrieve updated content. You may need to wait for the cache to retrieve the content from the source.Reload
iView has timed out; there is no cached content to display. Click Reload to retrieve updated content. You may need to wait for the cache to retrieve the content from the source. Reload
2718250

Branding Image
 
 
 
   

Gestiona tu usuario de red:

Gestionar usuario
Copyright © SAP AG. All Rights Reserved.
SAP AG

Impuesto a la publicidad visual exterior

¿En qué consiste el trámite?

Declaración y pago del impuesto por la instalación y exhibición de toda publicidad exterior visual o medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.

¿Dónde lo puedo realizar?

De manera Presencial puedes dirigirte a:

 

Servicios Tributarios

   Calle 44 # 52 – 165 

   Lunes a Jueves de 07:30 a 05:00 p.m., Viernes de 07:30 a 04:00 p.m., Jornada Continua. 

 

EL trámite se puede realizar de manera presencia o virtual en el siguiente enlace: Aquí

¿Qué documentos debo presentar?

Para realizar el trámite se deben entregar los siguientes documentos:

  • Autorización de Publicidad Exterior Visual 

Reporte de Información. El propietario de los elementos gravados con el impuesto de Publicidad Exterior Visual, deberán remitir cada mes a la Subsecretaría de Ingresos la siguiente información:

  1.  Ubicación de los elementos publicitarios en uso en la jurisdicción del Municipio de Medellín
  2.  El mensaje incluido en el elemento
  3.  La medida del elemento publicitario
  4.  Relación de los elementos publicitarios desmontados durante el mes.

Esta información deberá ser entregada por los obligados a más tardar el día veinticinco (25) de cada mes. Cuando esta fecha coincida con un día no hábil, el plazo se ampliará hasta el siguiente día hábil.

¿Qué requisitos debo cumplir?

No tiene 

¿Debo realizar algún pago?

No tiene costo

¿Qué verifica la entidad?

No se requieren verificaciones por parte de la entidad

Condiciones especiales para acceder al trámite

No tiene

¿En cuánto tiempo tengo respuesta?

En 5 días hábiles

¿A quién va dirigido?

  • Ciudadano
  • Organizaciones
  • Extranjeros

 

Más información

El trámite también se conoce como: Gravamen a la publicidad exterior

Liquidación impuesto de Publicidad Exterior Visual

La Dependencia encargada es:  Secretaría de Hacienda

 

La Temática asociada es Impuestos

Enlaces

Puedes visualizar la información a través del Portal Único del Estado Colombiano ingresando aquí


Acércate a la Alcaldía de Medellín