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Se acerca la finalización de los plazos para declarar el impuesto de industria y comercio en Medellín

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Por: Luisa Fernanda Arias Londoño - Secretaría de Hacienda |

Hasta el jueves 30 de abril están vigentes los plazos para presentar la declaración del impuesto de industria y comercio en Medellín correspondiente al periodo gravabl...

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  • Hasta el jueves 30 de abril están vigentes los plazos para presentar la declaración del impuesto de industria y comercio en Medellín correspondiente al periodo gravable 2025, un trámite que se realiza únicamente de forma virtual, para que los contribuyentes informen sus ingresos y se determine el valor a pagar por actividades comerciales, industriales, financieras y de servicios gravadas en el Distrito. En este sentido, no solo las grandes empresas deben declarar y ponerse al día con este compromiso.

    Las fechas límite comenzaron el 17, según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), sin tener en cuenta el dígito de verificación. Los plazos que aún están abiertos aplican así: si el último dígito es 4, pueden hacerlo hasta el 27 de abril; si es 3, hasta el 28 de abril; si es 2, hasta el 29 de abril; y si es 1, hasta el 30 de abril. En el portal tributario del sitio web de la Alcaldía de Medellín, www.medellin.gov.co, se encuentra un instructivo para declarar. Allí mismo se podrá pagar, de forma inmediata, en el botón Declare y Pague.

    Si el contribuyente, después de presentar su declaración de manera virtual, prefiere pagarla de forma presencial, puede acercarse a los puntos de atención ubicados en los centros comerciales La Central, Unicentro, El Tesoro, Los Molinos, Florida y Premium Plaza, de lunes a viernes de 10:00 a. m. a 2:00 p. m. y de 3:00 p. m. a 7:00 p. m., y sábados de 10:00 a. m. a 3:00 p. m. También pueden acercarse a la Oficina Móvil de Hacienda, ubicada en el parque de Boston, del 27 al 30 de abril.

    Las declaraciones presentadas dentro del plazo establecido serán facturadas en mayo y podrán pagarse hasta el 25 de junio, siempre y cuando hayan sido debidamente procesadas por la administración tributaria.


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