Alcaldía
Normativamente, el avalúo catastral resultante de la actualización no tiene un límite preestablecido, dado que busca reflejar de manera objetiva las dinámicas inmobiliarias y de mercado. Esto significa que el valor del avalúo puede aumentar o disminuir según las condiciones del mercado, diferenciándose del impuesto predial, cuyo incremento sí está regulado.
Cabe resaltar que para las comunas y corregimientos que no fueron objeto de esta actualización, se realizó un reajuste aplicando un incremento del 3 %, conforme a lo establecido por el Gobierno Nacional.
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