Alcaldía
No. A la luz de la Política Pública para el Fortalecimiento de las Organizaciones Sociales de la Sociedad Civil del Distrito de Medellín (Acuerdo 052 de 2015), las organizaciones sociales no están obligadas a constituirse jurídicamente para ejercer procesos de participación, organización comunitaria o incidencia social.
La normativa reconoce la existencia y legitimidad de múltiples formas organizativas, tanto formales como no formalizadas, entendiendo que la participación ciudadana puede desarrollarse desde dinámicas comunitarias autónomas. No obstante, cuando una organización decide avanzar hacia la formalización jurídica, adquiere capacidades institucionales adicionales, así como responsabilidades legales, administrativas y tributarias, conforme al ordenamiento vigente.