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Siete cosas que usted debe saber sobre los beneficios tributarios que ofrece la Alcaldía de Medellín

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Por: Alonso Velásquez Jaramillo |

La Alcaldía de Medellín, a través de su Secretaría de Hacienda, habilitó la ruta para que los deudores de impuestos accedan a los beneficios del artículo 91 de la l...

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  • La Alcaldía de Medellín, a través de su Secretaría de Hacienda, habilitó la ruta para que los deudores de impuestos accedan a los beneficios del artículo 91 de la ley 2277 de 2022, Nueva Reforma Tributaria, que alivia la situación económica de cientos de ciudadanos con obligaciones pendientes de pago con la hacienda pública.

    Los beneficios tributarios son incentivos otorgados por el gobierno, con el fin de brindar a los deudores del Estado la posibilidad de pagar sus obligaciones tributarias, otorgándoles para ello unos plazos, unas condiciones y unos descuentos especiales para hacer este pago.

    Para conocer más sobre estos beneficios tributarios, consultamos a Luis Fernando Gómez Marín, Subsecretario de Tesorería de la Secretaría de Hacienda de Medellín, quien e además Administrador Público y de Empresas, Especializado en Finanzas.

    ¿Para qué sirve ese beneficio a las personas? 

    L.F.G.M.:El beneficio tributario aprobado por el Congreso de la República, les permite a las personas o deudores obtener unas mejores condiciones para el pago de sus obligaciones (descuentos) y la posibilidad de ponerse al día en el pago de sus impuestos con el Distrito de Medellín, obteniendo un descuento hasta del 50% en los intereses. Los contribuyentes de todos los estratos con deudas pueden aprovechar este alivio tributario”.

    ¿Quiénes tienen derecho a ellos y quiénes no?  

    L.F.G.M.:Todas las personas o deudores que cumplan con lo establecido en la norma que indica el beneficio: Para las obligaciones tributarias que se encuentren en mora y que se paguen totalmente hasta el treinta (30) de junio de 2023, y para las facilidades o acuerdos para el pago de que trata el artículo 814 del Estatuto Tributario que se suscriban a partir de la entrada en vigencia de la presente ley y hasta el treinta (30) de junio de 2023, La solicitud para la suscripción de las facilidades o acuerdos para el pago de que trata el presente artículo deberá ser radicada a más tardar el quince (15) de mayo de 2023”. 

    ¿Cómo puede la gente acceder a ellos o como se tramitan?

    L.F.G.M.: Cuando la deuda es por los impuestos de Industria y Comercio o del  Predial, deberá acceder a la página www.medellin.gov.co, ingresar por la opción de portal tributario y allí diligenciar un pequeño formulario con datos básicos como: correo electrónico y teléfono. En menos de un día, tendrá la factura disponible tanto en el portal, como en el correo que puso en la solicitud”. 

    “Para las demás rentas, deberá acercarse a las sedes de servicios tributarios y/o a Plaza Mayor, donde los atenderán de manera presencial”. 

    Portal Tributario

    Portal Tributario

    ¿Hasta cuándo se puede acceder a estos beneficios?

    L.F.G.M.:Hasta el treinta (30) de junio de 2023 y esto aplica para impuestos como el predial, industria y comercio, publicidad exterior, circulación y tránsito, alumbrado público, entre otras. No incluye multas de tránsito, policía y cobros por valorización”.

    “La solicitud para la suscripción de las facilidades o acuerdos para el pago de que trata el presente artículo deberá ser radicada a más tardar el quince (15) de mayo de 2023”.

    ¿Dónde se puede obtener más información del tema?

    L.F.G.M.: “ En la página de la Alcaldía de Medellín, www.medellín.gov.co podrá verificar si puede acceder al beneficio”.

    L.F.G.M.: ¿Qué gana la gente y qué gana la ciudad con la aplicación de este beneficio?

    La gente gana la oportunidad de obtener un descuento para ponerse al día en lo adeudado al distrito y a ciudad gana al tener la oportunidad de recuperar deudas que se encontraban en mora e incorporar a su presupuesto recursos muy importantes para lograr el cumplimiento del Plan de Desarrollo de Medellín”. 

    El beneficio para el predial

    El Distrito de Medellín tiene otro beneficio para los deudores del impuesto predial, quienes recibirán un descuento del 5 % por pronto pago, por quedar a paz y salvo antes del 29 de marzo de 2023.

    De igual forma,  la reforma tributaria de 2022 estableció en su artículo 91 que las obligaciones tributarias que se paguen totalmente hasta el 30 de junio de 2023 tendrán una reducción de la tasa de interés de mora equivalente al 50% de la tasa de interés establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario. Puede validar si aplica a la solicitud de Beneficio para ICA y Predial.

    Validación solicitud beneficio Ley 2277

    Validación solicitud beneficio Ley 2277


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