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Salud 

Información General

¿Por qué es de vital importancia la Vigilancia Sanitaria en las actividad de cosmetología?

Porque en los centros de estética y de cosmetología, se presentan riesgos a la salud asociados al uso de aparatología en estética y a la prestación de los servicios de estética facial y corporal en sí, por lo cual es necesario verificar y controlar la idoneidad del recurso humano y que los servicios ofertados no incluyan procedimientos, prácticas o actos de competencia de los médicos o profesionales de la salud, lo cual pondría en riesgo la vida de la población. 

¿En qué consisten los servicios en estética, cosmética facial y/o corporal?

Son todos aquellos procedimientos faciales o corporales que no requieran de la formulación de medicamentos, intervención quirúrgica, procedimientos invasivos o actos de competencia de profesionales de la salud (Ley 711 de 2001.)

Son todos los procedimientos no invasivos que se utilizan para el embellecimiento del cuerpo humano con el fin de limpiarlo, perfumarlo, modificar su aspecto y protegerlo o mantenerlo en buen estado, con o sin la utilización de productos cosméticos.(Resolución 2263 de 2004). 

Los servicios en estética, cosmética facial y/o corporal son:

  • Tratamientos cosméticos faciales y corporales (Ej: Complemento procesos dermatológicos).
  • Higiene, tonificación y afirmación de piel facial y corporal.
  • Tratamientos para afirmar y moldear el cuerpo (Ej: Drenaje linfático manual, Masaje manual estético (Facial y corporal).
  • Depilación (Métodos no invasivos).
  • Bronceado de la piel (No invasivo).
  • Maquillaje facial y corporal (Decorativo,  no invasivo).
  • Uso de aparatología estética.

(Ley 711 de 2001)


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