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Política pública de protección a moradores de Medellín

La Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas y Productivas está concebida en el artículo 573 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo 048 de 2014, y busca la prelación de los derechos de la comunidad con respecto a los impactos inherentes de obras públicas e intervenciones urbanísticas que se ejecutan en Medellín.

Y es que esta acción gubernamental reconoce y privilegia la relación morador-territorio con respecto a un proyecto de intervención física, toda vez que para la Alcaldía de Medellín es vital proteger el tejido socio-económico que se construye y solidifica en las unidades barriales de la ciudad a través del tiempo.

La Alcaldía de Medellín, mediante el Departamento Administrativo de Planeación de Medellín (DAP) y en articulación con la Universidad Nacional de Colombia – Escuela del Hábitat, adelantan el proyecto de formación y socialización de la Política Pública de Protección a Moradores, Actividades Económicas y Productivas (PPPMAEP), Acuerdo Municipal 145 de 2019.

La Política constituye una herramienta para facilitar el entendimiento entre la Administración Municipal y los ciudadanos que residan o tengan sus unidades productivas en áreas de influencia de los proyectos de desarrollo y de obra pública.

Se realizarán talleres, diálogos y encuentros con diferentes actores, organizaciones y entidades con injerencia en la implementación de la política.

El siguiente es el cronograma:

FechaEvento
8 de octubre
Evento de apertura
9 de octubreSocialización - Medios de comunicación y culturales formales y comunitarios
13 de octubreTaller 1 - Comité de la Política y Dependencias Centrales
15 de octubreTaller 1 - Entidades Descentralizadas, posibles ordenadores u operadores
21 de octubreTaller 1 - Actores sociales de planeación local
22 de octubreTaller 1 - Actores organizados de Moradores y actividades económicas y productivas afectadas por Metro ligero de la 80
27 de octubreTaller 2 - Comité de la Política y Dependencias Centrales
29 de octubreTaller 2 - Entidades Descentralizadas, posibles ordenadores u operadores
4 de octubreTaller 2 - Actores sociales de planeación local
5 de noviembreTaller 2 - Actores organizados de Moradores y actividades económicas y productivas afectadas por Metro ligero de la 80
10 de noviembreTaller 3 - Comité de la Política y Dependencias Centrales
12 de noviembreTaller 3 - Entidades Descentralizadas, posibles ordenadores u operadores
13 de noviembreConversatorio - Constructores y avaluadores
19 de noviembreTaller 3 - Actores organizados de Moradores y actividades económicas y productivas afectadas por Metro ligero de la 80
20 de noviembreDiálogo - Empresariado y sector social y solidario
24 de noviembreTaller 4 - Comité de la política y dependencias centrales
26 de noviembreTaller 4 - Entidades descentralizadas, posibles ordenadores u operadores
1 de diciembreEncuentro actores diversos - Públicos, comunitarios, privados, académicos, ONG, medios
2 de diciembreDiálogo - Actores control conocedores de la PPPMAEP
3 de diciembreTaller 4 - Actores organizados de Moradores y actividades económicas y productivas afectadas por Metro ligero de la 80
4 de diciembreSocialización - Consejos, entes de control, Consejo de políticas habitacionales y entidades corregimentales, metropolitanas y departamentales
11 de diciembreEvento de clausura

¿Qué es la política pública de protección a moradores y actividades económicas y productivas?

La Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas y Productivas está concebida en el artículo 573 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo 048 de 2014, y busca la prelación de los derechos de la comunidad con respecto a los impactos inherentes de obras públicas e intervenciones urbanísticas que se ejecutan en Medellín.

Y es que esta acción gubernamental reconoce y privilegia la relación morador-territorio con respecto a un proyecto de intervención física, toda vez que para la Alcaldía de Medellín es vital proteger el tejido socio-económico que se construye y solidifica en las unidades barriales de la ciudad a través del tiempo.

20200923-Proteccion-Moradores

Con una clara orientación social, esta iniciativa, que nace del Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín-Acuerdo 048 de 2014, señala que los impactos a moradores deberán establecerse según las particularidades étnicas, de origen y sexo de la población y de esta forma, ofrecer una atención más integral y eficiente para las comunidades.

La formulación de la política pública se llevó a cabo entre 2016 y 2018 y participaron aproximadamente 1800 moradores de importantes proyectos estratégicos para Medellín como Ciudadela Nuevo Occidente, Tranvía de Ayacucho, Naranjal, Moravia y Túnel de Occidente. La política pública de protección a moradores actúa en cuatro ámbitos territoriales:

  • Mejoramiento integral de barrios.
  • Obra pública.
  • Obras de gestión del riesgo.
  • Proyectos de renovación urbana.

¿Qué derechos protege la política pública de moradores de Medellín?

Medellín protege a la niñez contra la Explotación Sexual Comercial
  • Vivienda digna

  • Trabajo decente

  • Medio ambiente sano

  • Salud

  • Educación

  • Espacio público

  • Participación

  • Disfrute de la ciudad.

     

¿Qué hechos reconoce la política pública de moradores de Medellín?

  • La vivienda como patrimonio socio familiar y económico, independiente de la forma de tenencia.
  • Condiciones de habitabilidad de la vivienda y el entorno.
  • Redes socioeconómicas establecidas.
  • Ventajas de localización para los hogares y las actividades económicas.
  • Sistemas públicos de escala vecinal. Ej: Junta de Acción Comunal.
  • Acceso a bienes y servicios del estado (servicios públicos).
  • Procesos participativos, organizativos ya establecidos.
  • Unidades económicas asentadas en el territorio.
  • Condiciones ambientales favorables y protección de las prácticas y conocimientos colectivos de cuidado del ambiente.
  • Producción, gestión y acceso a la información completa y oportuna.

En Medellín, un proyecto de inversión pública será viable, si y solo sí, contempla desde su formulación los esfuerzos que se requieren para reconocer y proteger los derechos de las comunidades intervenidas.


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