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Funciones y composición de la Secretaría de Medio Ambiente

Cerro Nutibara

Somos una dependencia de nivel central que tiene como responsabilidad definir e implementar políticas ambientales, así como la planeación, diseño, coordinación, ejecución y evaluación de estrategias relacionadas con la conservación, recuperación y protección de los recursos naturales renovables y la sostenibilidad ambiental.

No somos autoridad ambiental ni ejecutamos en forma directa labores de construcción y sostenimiento de obras públicas en áreas diferentes a las circundantes de quebradas.

Funciones de la Secretaría de Medio Ambiente

Jardín horizontal

Las principales funciones de la Secretaría de Medio Ambiente son:

  1. Dirigir y coordinar con las demás dependencias, entidades descentralizadas y autoridades ambientales, la formulación e implementación del plan de mitigación y adaptación al cambio climático municipal, teniendo en cuenta los lineamientos del Plan de Ordenamiento Territorial, las políticas establecidas por la entidad y las normas vigentes.
  2. Liderar la implementación de políticas nacionales, regionales y locales de la dimensión ambiental y los recursos naturales renovables con los diferentes actores.
  3. Implementar estrategias y acciones de gestión del recurso hídrico en las cuencas aportantes externas a Medellín, bajo criterios de sostenibilidad urbano regional, promoviendo y viabilizando la conservación de áreas estratégicas para el mantenimiento en cantidad, calidad y regulación del recurso, con el concurso y autorización de los entes territoriales respectivos.
  4. Implementar acciones de reforestación, regeneración natural asistida, turismo ecológico y cercado y amojonamiento para la protección del recurso hídrico.
  5. Adelantar las acciones tendientes a generar, recuperar, restituir y hacer mantenimiento a la estructura ecológica principal.
  6. Participar en la formulación e implementación de los instrumentos complementarios al Plan de Ordenamiento Territorial referidos a la protección y conservación de los recursos naturales.
  7. Participar en la identificación de paisajes culturales y su potencial inclusión en el Subsistema de Patrimonio Cultural Inmueble.
  8. Gestionar con las dependencias competentes la adquisición de predios, en pro de la conservación, preservación y recuperación de los recursos naturales e incorporar la Política Nacional para Humedales Interiores de Colombia, establecida en Ley 357 de 1997 o en la que la modifique o sustituya.
  9. Impulsar el sostenimiento, operación, desarrollo y fortalecimiento técnico, científico y social del Sistema de Alerta Temprana de Medellín y su región vecina (Siata), en coordinación con el Dagrd.
Huerta orgánica
  1. Promover las disposiciones legales necesarias para la vigilancia, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.
  2. Dirigir la formulación, ejecución y seguimiento del Plan Ambiental Municipal (PAM) en armonía con las directrices establecidas por Planeación Municipal y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  3. Liderar la formulación, revisión, concertación y seguimiento de los asuntos ambientales del Plan de Ordenamiento Territorial.
  4. Dirigir el Sistema de Gestión Ambiental de Medellín (Sigam), como herramienta estratégica para la armonización de la gestión ambiental.
  5. Adoptar los planes, programas y proyectos para la conservación, recuperación y protección de los recursos naturales renovables y mejoramiento de las condiciones ambientales, así como liderar la elaboración de los planes que de acuerdo a la competencia corresponda al Municipio de Medellín en materia ambiental.
  6. Liderar el Sistema de Información Ambiental de Medellín (Siamed).
  7. Colaborar con la Corporación Autónoma Regional y el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, en la elaboración de los planes regionales y en la ejecución de programas, proyectos y acciones necesarias para la conservación de los recursos naturales renovables y el mejoramiento de las condiciones ambientales.
  8. Actuar con sujeción a la distribución legal de competencias para que se cumplan las funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, asignadas a las instancias municipales.
  9. Dirigir las actividades relacionadas con el manejo integral del Sistema Orográfico Municipal, según lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial.
Cerro la Asomadera
  1. Liderar la consecución de recursos externos del orden internacional, nacional y regional, con el fin de cumplir con los objetivos de la secretaría.

  2. Definir las políticas, planes y programas tendientes a la investigación, para la conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales renovables y los servicios ambientales del Municipio.

  3. Definir y concertar los planes, programas y proyectos de formación y educación para mejorar la gestión ambiental y el uso responsable de recursos naturales renovables y fomentar una cultura de respeto por el patrimonio natural.

  4. Planear, presupuestar y coordinar con la Secretaría de Infraestructura Física las necesidades de dotación de equipamientos, identificando los requerimientos de infraestructura física para los diferentes programas y proyectos que deban ser priorizados, implementados y ejecutados en el marco del Plan de Desarrollo y su articulación con el Plan de Ordenamiento Territorial y sus instrumentos complementarios.

  5. Coordinar, con la Secretaría de Suministros y Servicios, la realización de los contratos necesarios para obtener los bienes y servicios requeridos y ejercer la supervisión técnica de los mismos.

  6. Implementar y ejecutar las políticas y directrices que orienten los procesos de apoyo.

  7. Implementar y ejecutar las políticas y directrices que establezca la Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía, en materia de gestión de trámites, procedimientos administrativos, peticiones, quejas, reclamos y sugerencias.

  8. Implementar y ejecutar las políticas y directrices que orienten el Plan de Ordenamiento Territorial.

  9. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integral de Gestión para los procesos que dirige o participa, de acuerdo con las directrices definidas por la entidad.

Composición de la Secretaría de Medio Ambiente

La estructura administrativa de la Secretaría de Medio Ambiente está conformada por:

  • Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente
  • Subsecretaría de Gestión Ambiental
  • Subsecretaría de Protección Animal
  • Subsecretaría de Recursos Naturales Renovables
Ana Ligia Mora Martínez

Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente

Secretaria de despacho, Ana Ligia Mora Martínez

Ingeniera Ambiental especialista en Legislación Ambiental y Alta Gerencia. Cuenta con más de 22 años de experiencia laboral en el sector público y privado, liderando procesos ambientales, con plena convicción en que el desarrollo sostenible debe ser un propósito superior, y con ello, aportar al bienestar de las generaciones actuales y futuras.

Subsecretarios de la Secretaría de Medio Ambiente

Subsecretario de Gestión Ambiental,

Subsecretaria de Protección Animal,

Subsecretario de Recursos Naturales,

Líneas de contacto de la Secretaría de Medio Ambiente

Emergencia animal:

Cuando se presente una emergencia con cualquier animal que no tenga cuidador o responsable, comuníquese a la Línea 123.
*Recuerde que las emergencias son únicamente aquellos casos que requieren atención inmediata o urgente, en los que la vida o integridad del animal corre peligro.

Cuando no sea una emergencia y tenga peticiones, quejas, reclamos y sugerencias, relacionadas con animales, puede hacerlas a través del Sistema de PQRS de la Alcaldía de Medellín.

Si la queja o reclamo es sobre fauna silvestre, dependiendo de la ubicación geográfica, puede presentarla en:


Acércate a la Alcaldía de Medellín

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