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El Sistema de Gestión Ambiental Municipal (Sigam) es una propuesta organizacional para el adecuado funcionamiento de la Administración Municipal, de cara a enfrentar la gestión ambiental en su territorio.
Como propuesta organizacional, el Sigam identifica los elementos y componentes de la organización municipal y de la gestión pública, y los ordena bajo una mirada sistémica, precisamente para lograr el adecuado funcionamiento del sistema municipal.
El Sigam es el responsable de direccionar, controlar y hacer seguimiento sobre la conservación, manejo, aprovechamiento y uso de los recursos naturales del Municipio de Medellín, de manera coordinada con todos los actores que inciden en ellos y la comunidad. (Artículo 11 del Acuerdo 67 de 2017).
El SIGAM, direcciona la gestión ambiental del Municipio, articula las actividades de los involucrados en los procesos de mejoramiento ambiental, mediante la coordinación, la planeación conjunta, la ejecución de programas y proyectos, el seguimiento, los sistemas de información y comunicación, la generación de cultura y la participación de todos; para contribuir al bienestar de la comunidad y al desarrollo sostenible y sustentable del Municipio de Medellín. (Artículo 8 del Acuerdo 67 de 2017).
El SIGAM, se validará y verificará su Visión cada cuatro años, en el CAM, a partir de recomendación del Grupo Líder. En todo caso, su Visión buscará la consolidación de su funcionamiento, propiciando la acción coordinada de todos los participantes, incrementando la cultura ambiental, propendiendo por un municipio saludable y en armonía con el medio ambiente, velando por el cumplimiento de los principios constitucionales relacionados con el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano, la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarla y la obligación del Estado para prevenir y controlar los factores de deterioro del ambiente. (Artículo 7 del Acuerdo 67 de 2017).
Se tendrán como participantes del SIGAM, todas aquellas dependencias municipales y las entidades descentralizadas que adelantan acciones encaminadas a la gestión ambiental o que incidan en ella. Adicionalmente, se gestionará la participación y articulación con los entes de control, las organizaciones sociales, el sector empresarial, social, industrial, académico y la comunidad en general. (Artículo 12 del Acuerdo 67 de 2017).
Las acciones del SIGAM se desarrollarán de manera articulada con los componentes de la política municipal de planificación del desarrollo urbano, rural y regional, prestación de servicios públicos, construcción de obras públicas, administración y control ambiental y sanitario, educación y cultura ciudadana, prevención y mitigación de impactos, entre otros. (Artículo 13 del Acuerdo 67 de 2017).
Es el órgano de mayor jerarquía del SIGAM
y se establece como un espacio de concertación
y coordinación en el cual se discuten las políticas ambientales,
se articula y orienta la gestión ambiental del municipio. (Artículo 19°).
Es un instrumento operativo y de gestión
encargado de promover los programas y proyectos
para la gestión ambiental del Municipio de Medellín,
acorde con lo estipulado en el PAM. (Artículo 25°)
Están encargados de articular los lineamientos
de política ambiental nacional, regional y local
con el PAM y con los actores del SIGAM,
para propender por la recuperación y conservación de
los recursos naturales. (Artículo 29°)
Promover la participación ciudadana en las instancias
de toma de decisiones ambientales de la ciudad, mediante la intervención en el CAM,
así como la puesta en marcha de las herramientas de compilación y divulgación
de información ambiental, con el fin de tener en cuenta el conocimiento y expectativas
de la comunidad organizada en la priorización
y
toma de decisiones ambientales. (Artículo 37°)
La estructura del SIAMED garantizará la generación,
producción, normalización, transmisión, análisis y uso de adecuado de la información ambiental
publica y privada del Municipio de Medellín, en forma oportuna y veraz,
para apoyar el proceso de toma de decisiones en los distintos niveles políticos
y administrativos, así como el de mantener informada a la sociedad. (Artículo 35°)
Es un instrumento de gestión para el seguimiento y evaluación
de la calidad ambiental del municipio, a través del monitoreo y análisis
de indicadores que reflejen impactos de las
actividades de desarrolladas
en su territorio.
Es el encargado de coordinar y articular la gestión ambiental
del Departamento de Antioquia, teniendo en cuenta la división política
administrativa municipal y subregional y las relaciones ecosistémicas
con los departamentos vecinos.
La comunidad es la razón de ser de la administración publica.
Toda comunidad tiene deseos y necesidades,
y responder a éstas acertadamente, es el compromiso
de la Alcaldía de Medellín.
Los Comités están encargados de articular los lineamientos de política ambiental nacional, regional y local con el PAM y con los actores del SIGAM, para propender por la recuperación y conservación de los recursos naturales
En el año 2024 se trabajaron los siguientes temas en el CAM:
En el año 2024 se trabajaron los siguientes temas, entre otros, en el Grupo Líder:
El trabajo articulado de las diferentes dependencias de la administración distrital y las autoridades ambientales es el objetivo principal del comité, con el cual se han podido construir, gestionar y desarrollar estrategias y acciones para la prevención y mitigación de ruido, mejoramiento de la Calidad del Aire y la Salud Ambiental de la población Distrital.
Las acciones destacadas fueron: socialización del plan de acción para los Periodos de Episodios Críticos por Contaminación Atmosférica del 2024 y desarrollo del plan 2025, formulación y realización de borrador del decreto de adopción del Modelo de Gestión integral de Ruido, socialización de mapas de ruido y componente de zonificación acústica del Distrito, realización de insumos para la actualización del PAM, entre otros.
Durante el 2024, el Comité Temático Interinstitucional de Cambio Climático continuó con su proceso permanente de fortalecimiento de capacidades de sus delegados y delegadas para responder a los desafíos normativos en materia de gestión del cambio climático. El Comité hizo especial énfasis en alistarse para la revisión del Plan de Ordenamiento Territorial, realizando revisión de las determinantes ambientales y el marco jurídico del ordenamiento, con apoyo del Área Metropolitana del Valle de Aburrá. Ese ejercicio se complementó con una revisión de oportunidades de inclusión de la gestión del cambio climático en los sistemas y subsistemas que componen en actual instrumento.
Durante del 2024, el Comité Temático Interinstitucional del Hábitat, trabajó en la consolidación de los Lineamientos de Calidad Ambiental del Hábitat y su articulación con del Plan de Renaturalización. El Comité apoya en dos indicadores que hacen parte del Plan de Desarrollo Medellín te quiere, pilar 5: Estrategia de Renaturalización para un Distrito Verde: “Plan de Renaturalización reglamentado e implementado” y “Obras públicas con lineamientos del Plan de Renaturalización”. Para lograr el cumplimiento de estos dos indicadores, se trabajó en el desarrollo del documento “Protocolo de SbN para la Obra pública y privada” y el Catálogo de SbN que trazan una hoja de ruta para asegurar la implementación de SbN en los proyectos estratégicos de ciudad.
Desde el modelo de gestión pública del Plan de Renaturalización, se definieron unos macroprocesos para su implementación con un horizonte al 2026, el comité del Hábitat tiene la responsabilidad de ejercer la planeación operativa, monitoreo y evaluación del Plan de Renaturalización, durante todo este año se trabajó en el desarrollo de esta propuesta, la cual comenzará su implementación a partir del segundo semestre a partir del año 2025.
Durante el año 2024, el Comité Interinstitucional para la Protección de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos, junto con la Mesa Técnica de Biodiversidad de Medellín, consolidaron un espacio clave de articulación y gestión interinstitucional. En cumplimiento del Acuerdo 010 de 2014 y en concordancia con la Política Pública de Biodiversidad de la ciudad, se realizaron 10 sesiones ordinarias, múltiples actividades especiales y se avanzó lograron los objetivos del Plan de Acción 2021–2025, con un cumplimiento del 116,1% de 2024.
Entre los logros más destacados se encuentran la estimación y monitoreo de especies de interés ecológico, la señalización ambiental en puntos estratégicos del territorio y la actualización del Plan de Acción 2025-2027. También se fortalecieron acciones frente al manejo de especies invasoras, como el control del «ojo de poeta», mediante alianzas con la academia, el sector público y la comunidad. En cuanto a participación ciudadana, eventos como el Reto Naturalista, la Semana de las Polillas y la Gran Biobúsqueda del Sur permitieron integrar a cientos de personas en actividades de ciencia ciudadana y monitoreo ambiental.
Finalmente, la ciudad se vinculó activamente a escenarios de escala internacional como la COP16 Satelital Medellín, realizada en Parques del Río con más de 1.000 asistentes, y el Festival de las Aves, reforzando el compromiso con la conservación y el desarrollo sostenible. Gracias al trabajo conjunto de más de 25 entidades públicas, privadas y comunitarias, Medellín sigue consolidándose como una ciudad referente en biodiversidad urbana y gobernanza ambiental.
El Comité de Recurso Hídrico ha enfocado sus esfuerzos interinstitucionales en la articulación para el desarrollo de Lineamientos y premisas de diseño para el manejo de los Drenajes Urbanos Sostenibles dentro del Distrito Especial de Medellín, donde, estas alternativas de drenaje urbano aportará para que el sistema de drenaje de aguas lluvias de la ciudad cuenten con una mayor capacidad de captación en épocas de altas precipitaciones, lo que evitará que la ciudad de la ladera baja sufra graves inundaciones, daños en la infraestructura y pérdidas de vidas.
Es así como aunando esfuerzos desde las competencias misionales de los diferentes actores del conglomerado público se van desarrollando herramientas técnicas, que permitan gestionar alcances administrativos y de gobernanza para la implementación de Drenajes Urbanos Sostenibles dentro del Distrito Especial de Medellín.
Adicionalmente, con el fin de avanzar en el proceso de validación y ajuste de la información cartográfico y de establecer roles y responsabilidades para la adecuada gestión del recurso hídrico en el territorio de jurisdicción del Distrito de Medellín, el Comité del Recurso Hídrico destaca como sus mayores logros el avanzar en el Proceso Actualización Red Hidrográfica, con el que se busca disponer de información cartográfica actualizada, en cumplimiento de las obligaciones del Acuerdo 48 de 2014 (Plan de Ordenamiento Territorial – Acuerdo 48 de 2014).
Durante el año 2024, el Comité Temático Interinstitucional de Gestión Integral de Residuos Sólidos centró gran parte de su trabajo a realizar la construcción y aportes técnicos a la actualización del PGIRS Distrital, adoptado finalmente mediante el Decreto 0058 de 2025. Durante ese proceso, se aportó a la construcción de la línea base, definición de actividades y productos en programas como el de aprovechamiento de residuos orgánicos y reciclables, gestión de residuos de construcción y demolición -RCD, inclusión de recicladores, educación, entre otros.
Como segunda acción a resaltar, se finalizó el plan piloto para la operación transitoria de Puntos de Acopio Temporal de Residuos de Construcción y Demolición -RCD (PAT), de acuerdo al Decreto 411 de 2024. Como principal resultado, se construyó un documento técnico entregado como insumo para el ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial -POT, que permita incluir mayores áreas para la ubicación de puntos de acopio temporal de RCD (puntos limpios) y de esta manera, propender por una mejor gestión de estos residuos en la ciudad.
Finalmente, y como instrumento articulador de la sostenibilidad, fue adoptada la Política Pública de Economía Circular de Medellín mediante el Decreto 0015 de 2025, en articulación con el Comité de Producción y Consumo Sostenible. Los ejes de la política son: 1) Construcción y desarrollo productivo circular y bajo en carbono 2) Educación, innovación, desarrollo e investigación orientados a la economía circular 3) Cultura circular 4) Gobernanza y colaboración entre actores y 5) Datos sobre economía circular.
El Comité Producción y Consumo Sostenible logró remitir al Departamento Administrativo de Planeación el concepto técnico sobre recomendaciones y consideraciones para la inclusión de la economía circular en Programas de Gobierno y Plan de Desarrollo, con el fin de entregar insumos para la elaboración del PDD 2024-2027 en temas relacionados con el alcance del comité. Adicionalmente, centró su trabajo en la implementación del Acuerdo 016 de 2020 y Decreto 0310 de 2022 sobre compras públicas sostenibles, desarrollando dos talleres prácticos en el marco de las mesas estratégicas del eje de sostenibilidad que se realizan en el marco de este comité y, adicionalmente, comenzó el trabajo para la actualización de la Guía de Eventos Sostenibles, que espera sea finalizada durante el año 2025. Por último, se hizo seguimiento a los avances en la formulación de la política pública de economía circular y su mecanismo de gobernanza, además de socializar la propuesta de procedimiento de acompañamiento a empresas en producción circular.
El mayor logro del Comité de Silvicultura Urbana y Paisajismo durante 18 años de operatividad, es la revisión de las propuestas paisajísticas de más de 550 proyectos de obra pública a través de 416 sesiones.
Se ha logrado apoyar en la construcción del Plan Distrital de Silvicultura Urbana, hacer seguimiento a la implementación del PGIRS, hacer seguimiento a las estrategias educativas de comunicación en silvicultura urbana dirigidas a la comunidad, proponer acciones de investigación en temáticas relacionadas con la silvicultura urbana y el espacio público verde, que permiten la identificación de herramientas para el mejoramiento de la calidad ambiental y del paisaje, promoviendo para ello la participación interinstitucional y orientar la actualización de los instrumentos que se aplican en el manejo de la silvicultura.
La Política Ambiental de Medellín reafirma el compromiso institucional de promover el ordenamiento, manejo y gestión integral de los recursos naturales y del medio ambiente. Su desarrollo se fundamenta en los acuerdos internacionales, en los principios constitucionales, y en los instrumentos definidos en la ley y en la política ambiental, nacional y regional, para la protección y defensa del ambiente.
Enmarca esta política el fortalecimiento de la participación y gestión ciudadana para generar una cultura ambiental tendiente a la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, como mecanismos orientados a mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades de los actuales y futuros habitantes del Municipio de Medellín. (Artículo 2º del Acuerdo 67 de 2017).
Establecer el marco de referencia y las directrices para la planificación, organización, ejecución, seguimiento y control de actividades de protección de los recursos naturales y de gestión ambiental en el territorio del municipio de Medellín; buscando propiciar el logro de objetivos de desarrollo sostenible de manera concertada y participativa, a través de la integridad ecosistémica, la sustentabilidad de recursos, la biodiversidad, el amortiguamiento de efectos de carácter global, el desarrollo y el fortalecimiento institucional para el cumplimiento de los deberes y derechos del Estado y de los particulares, así como el crecimiento económico con equidad y eficiencia. (Artículo 3º del Acuerdo 67 de 2017).
El Plan Ambiental de Medellín, consigna una apuesta estratégica de corto, mediano y largo plazo que tiene la aspiración de darle coherencia a la gestión ambiental de cada Administración Municipal, da un marco de referencia que posibilita que cada uno de los énfasis que considere desarrollar, permita orientarlo, para que al final todo le sume a las necesidades de nuestra ciudad.
El PAM de Medellín es el instrumento técnico, metodológico y operativo del SIGAM que define y orienta el desarrolla del marco estratégico de actuación de todos los actores estratégicos municipales, tendiente a estabilizar, equilibrar y cualificar los procesos sociales y culturales y de intercambio de recursos naturales y ambientales que se establecen entre Medellín y la región. (Artículo 15°).
Los campos estratégicos, programas y proyectos del PAM deben estar acordes con la Visión del SIGAM, formulados para atender las problemáticas reales de la población que ocupa el territorio del municipio y serán los ejes orientadores de los programas, proyectos y acciones que han de tenerse en cuenta en la formulación del Plan de Desarrollo de cada gobierno y en los planes de acción de cada una de las dependencias.
El PAM, como instrumento técnico, permite articular en sus campos estratégicos programas y proyectos, para la incorporación de la Salud Ambiental, en los instrumentos de planificación, de conformidad con las competencias establecidas para los municipios en la Ley 715 de 2001, el documento CONPES 3550 de 2008 y demás normas que la adicionen o sustituyan. (Artículo 17°)
Esta noche se enciende la feria con más flores del país.
Conéctate con la transmisión del evento inaugural y conoce a los silleteros, reyes de la trova y más artistas invitados.
¡Te esperamos porque #FlorecerEsAlegría!
Esta es la feria de la gente.