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  • Seguimiento a la inscripción de trámites administrativos en el Sistema Único de Información de Trámites (SUIT)
  • Seguimiento a la inscripción de trámites administrativos en el Sistema Único de Información de Trámites (SUIT)

    Fecha última actualización: 2023-05-15

    La Secretaria de Evaluación y Control, en cumplimiento de las funciones asignadas por la Ley 87 de 1993 y la Circular Conjunta 004 de 2009 de la Procuraduría General de la Nación y el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP, exige verificación del cumplimiento del numeral 3 del artículo 1 de la Ley 962 de 2005 que establece la obligatoriedad de inscribir en el Sistema Único de Información de Trámites – SUIT, los requisitos exigibles a los usuarios de los diferentes trámites de los que dispone la Entidad, además en concordancia con los Artículos 7 y 11 de la Ley 1712 de 2014 – Transparencia y acceso a la información – en cuanto a la publicación de manera proactiva -incluyendo información web- de los trámites que se adelantan en la entidad y de los servicios que se brinda directamente al público indicando la normatividad que los sustenta, procedimientos, costos formatos y formularios requeridos, para lo cual se adelantó la verificación correspondiente de la que se deriva el presente informe.

    La Ley 962 de 2005 crea el Sistema Único de Información – SUIT – que se consulta a través del Portal del Estado Colombiano www.nomasfilas.gov.co como único instrumento de difusión de los requisitos exigidos por la Administración Pública para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones por parte de los usuarios.

    El Articulo 40 del Decreto 019 de 2012, establece: «INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD. Sin perjuicio de las exigencias generales de publicidad de los actos administrativos, para que un trámite o requisito sea oponible y exigible al particular, deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites y Procedimientos -SUIT- del Departamento Administrativo de la Función Pública, entidad que verificará que el mismo cuente con el respectivo soporte legal».

    El contenido de la información que se publica en el SUIT es responsabilidad de cada una de las entidades públicas, las cuales tendrán la obligación de actualizarla dentro de los tres (3) días siguientes a cualquier variación.»

    En el municipio de Medellín la administración general y control de los trámites y servicios, está a cargo de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía.

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