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Subsecretaría de Control Urbanístico

¿Qué hace la Subsecretaría de Control Urbanístico?

Vista a los barrios de la ciudad de Medellín

Es la dependencia a cargo de la gestión, seguimiento, monitoreo y control a la implementación del modelo de ocupación del territorio, definido en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente, mediante la verificación de la aplicación de las normas urbanísticas y constructivas, por parte de los agentes públicos y privados en la actividad edificadora, para contribuir al desarrollo territorial, garante de los derechos individuales y colectivos.

Funciones de la Subsecretaría de Control Urbanístico

Según el artículo 346 del Decreto 883 de 2015, las principales funciones de la Subsecretaría de Control Urbanístico son:

 

  1. Ejercer el seguimiento, monitoreo y control a la implementación del modelo de ocupación del territorio, relacionado con la aplicación de las normas urbanísticas para la ejecución de obras sin licencias o contrariando lo dispuesto en las licencias; el seguimiento y control a los procesos de invasión, asentamientos en zonas de desarrollo incompleto e inadecuado y en zonas con restricciones urbanísticas en el territorio municipal; el seguimiento y control a la localización de establecimientos comerciales, industriales y de servicios en contravención a las normas de usos del suelo, aplicando el instrumento para el control establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial.
  2. Ejercer el seguimiento, monitoreo y control a la ejecución de obras, verificando si se ejecutan actuaciones de parcelación, urbanización, construcción, reforma o demolición sin licencia o sin ajustarse a la misma, en contravención a la normativa vigente.
  3. Realizar el seguimiento a las Curadurías Urbanas y a las actuaciones del Curador verificando que las licencias urbanísticas se expidan con sujeción a sus competencias y observando en su expedición la aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial, planes parciales, las normas urbanísticas que los desarrollan.
  4. Realizar la vigilancia y control durante la ejecución de las obras físicas, con el fin de asegurar el cumplimiento de las licencias urbanísticas y sujeción a las normas y especificaciones técnicas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial y la normativa vigente.
  5. Expedir los Certificados de Permiso de Ocupación, previo el cumplimiento de procesos y requisitos técnicos y legales que correspondan; y demás certificados relativos a su competencia y acorde a la normativa vigente.
  6. Ejercer la vigilancia y control de las actividades de enajenación de inmuebles destinados a vivienda en proyectos de cinco (5) o más unidades, con sujeción a la normativa vigente.
  7. Establecer los mecanismos y procedimientos para asegurar el cumplimiento de las obras y dotaciones a cargo del urbanizador.
  8. Liquidar y verificar el cumplimiento de las obligaciones urbanísticas.
  9. Realizarlas gestiones necesarias para la determinación de las áreas de cesión, la incorporación de áreas públicas y la entrega material de las áreas de cesión. Además de velar por el cumplimiento de obligaciones de los constructores.

Componentes de la Subsecretaría de Control Urbanístico

Obligaciones urbanísticas

Las obligaciones urbanísticas son la compensación que debe hacer el ciudadano a la ciudad derivada del aprovechamiento del suelo, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial – POT, las cuales están determinadas en metros cuadrados en la respectiva licencia urbanística o acto de reconocimiento que otorga el Curador Urbano.

La Gestión de las Obligaciones Urbanísticas consiste principalmente en materializar dichas obligaciones de las siguientes maneras, según sea el caso:

 

  • Liquidar y cobrar la obligación urbanística en dinero para: 
Panorámica de Altavista
    • Espacio público zonas verdes y áreas de esparcimiento
    • Construcción de equipamiento
  • Verificar el cumplimiento de la obligación materialmente en un sitio:
    • Suelo para espacio público de esparcimiento y encuentro ciudadano y para equipamiento
    • Suelo para la vía
    • Construcción de espacio público de esparcimiento y encuentro ciudadano 
    • Construcción de equipamiento
  • Construcción de la vía

Todo lo anterior de acuerdo con:

 

Campaña Pilas Compra Legal

Se conoce la importancia del núcleo familiar y las necesidades básicas, en este caso el techo; convirtiéndose en una meta de vida, un segundo hogar o una inversión.

La mayoría de personas en los diferentes casos tienen un gran desconocimiento por el tema legal, las consecuencias o problemas que podría tener este tipo de situaciones.

En el territorio se han identificado diferentes factores que implica la toma de decisiones apresuradas por obtener un lugar digno y “legal” en todo el sentido de la palabra.

Línea de asesoría jurídica del Distrito de Medellín:

604 385 55 55 Ext 1884

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Infracciones urbanísticas

El componente de Infracciones urbanísticas es el encargado de adelantar las siguientes acciones: 

  • Emitir informes técnicos en relación a las contravenciones a la norma urbanística, observadas en las  obras de construcción realizadas bajo la expedición de una licencia de construcción o con carencia de la misma, además emite concepto técnico en relación a las ocupaciones realizadas sobre los bienes del Distrito de Medellín. Los informes técnicos sirven como insumo para la actuación de las Inspecciones de policía y Casa de Gobierno del Distrito de Medellín, en atención al artículo 206 de la Ley 1801 del 2016.
  • Expedir las Autorizaciones de Ocupación de inmuebles y recibir los Certificados Técnicos de Ocupación, de conformidad a los Decretos Municipales 1147 y 2454 de 2005, Nacional 1077 de 2015, Ley 1796de 2016.

La Subsecretaría, verifica mediante actividades de inspección, vigilancia y control, que los titulares de los diferentes proyectos constructivos gestionen y ejecuten adecuadamente la licencia de construcción, entendida esta como  la autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios, de conformidad con lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normatividad que regule la materia. En las licencias de construcción se concretarán de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación.

Seguimiento a Curadurías Urbanas

Desde la Subsecretaría se realiza la tarea de monitorear y controlar a las Curadurías Urbanas, mediante la verificación del seguimiento a las normas nacionales en el procedimiento de expedición de licencias urbanísticas y actos de reconocimiento.

Funcionario revisando mapa para la verificación y usos del suelo

Enajenaciones de inmuebles

Implementa mecanismos de prevención, inspección, vigilancia y control de personas naturales y jurídicas, que adelanten actividades de anuncio, promoción, captación de dineros y enajenación de vivienda.

Mediante este componente se ejerce la vigilancia y control de las actividades de enajenación de inmuebles destinados a vivienda en proyectos de cinco (5) o más unidades, con sujeción a la normativa vigente

Verificación y usos del suelo

Es el componente a cargo de la vigilancia a la distribución espacial de las actividades que permiten establecer las características y uso adecuado del suelo, para el control al modelo de ocupación del Distrito.

Construye bien

Con fundamento en el Acuerdo 105 de 2018, el Decreto Distrital 883 de 2015 y demás normas relacionadas, este componente realiza acciones de prevención, sensibilización, identificación, monitoreo a los procesos constructivos irregulares principalmente precarios del Distrito de Medellín, además de las actividades de remoción de construcciones y procesos constructivos irregulares en apoyo a la Policía Nacional.

Gestores territoriales

Componente de la Subsecretaria de Control Urbanístico a cargo de Implementar la estrategia pedagógica, preventiva y de sensibilización  para promover una mayor cultura de la legalidad, las buenas prácticas y el autocuidado en los procesos constructivos y el hábitat de la ciudad de Medellín.

Visita de un gestor territorial

Sociedades intervenidas

Son medidas administrativas para el manejo y funcionamiento de los bienes y haberes de personas naturales o jurídicas, dedicadas a la enajenación, construcción o mejoramiento de vivienda, que hayan incumplido la Ley 66 de 1968.

Apoyo a la gestión

Apoya todas las labores administrativas que son transversales a los diferentes componentes del contrato y que son requeridas para el correcto desarrollo de las actividades técnicas de la Subsecretaría de Control Urbanístico.

Urbamed

Es un sistema de información basado en la plataforma geográfica (MapGis) que permite compilar toda la información generada en el Municipio de Medellín sobre un predio, verificar el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial, la dinámica inmobiliaria y demás actuaciones sobre el territorio municipal.

Urbamed está basado en tres componentes:

Técnico urbanístico en revisión de predios

Técnico (Urbanístico)

Hace referencia a la especificidad de los procesos de validación de las normas y decretos establecidos para el macro proceso de licenciamiento urbanístico.

Jurídico

Hace referencia a la validación y cumplimiento de los determinantes indicados en cada una de las normas y decretos establecidos a nivel nacional y local para el licenciamiento urbanístico.

Tecnológico

Hace referencia al componente de georreferenciación MapGis, que permite hacer seguimiento en línea del comportamiento del desarrollo urbanístico, reuniendo las diferentes solicitudes que se han realizado en un predio determinado (georreferenciado en el mapa).

Protocolos ambientales y urbanísticos (PAU)

Es el instrumento de control establecido por el POT, el cual permitirá viabilizar la locación de las actividades económicas que pueden generar impactos al uso residencial y con ello posibilitar la responsable mezcla de usos del suelo. Además, aportará a la disminución de múltiples conflictos de convivencia, entre residentes y las actividades económicas. 

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