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Secretaría de Gestión y Control Territorial
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Esta dependencia se encarga de asegurar la prestación de los servicios públicos domiciliarios con calidad, cobertura y continuidad.
Tienen como objetivo garantizar que el servicio de acueducto, alcantarillado, aseo, la energía y gas lleguen en las mejores condiciones a cada hogar de Medellín.
La Subsecretaría de Servicios Públicos tiene programas como:
Tiene como objetivo desarrollar inversiones estratégicas que propendan por la cobertura universal del suministro de agua potable y de tratamiento de aguas residuales, con calidad y continuidad, en garantía de los derechos constitucionales de la población y en procura de mejorar sus condiciones de vida y de salud.
Además, ejecuta estrategias para mejorar los indicadores de cobertura, calidad y continuidad en el suministro de agua potable a toda la población y en la garantía del saneamiento básico, especialmente a los más vulnerables y a la población rural.
De igual manera se pretende lo siguiente:
El programa Conexiones por la Vida tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de un gran número de hogares, en zonas de difícil gestión, con la articulación de Empresas Públicas de Medellín, con el acceso a los servicios de acueducto y alcantarillado con altos parámetros de calidad y continuidad, buscando el desarrollo de las comunidades, mitigando el riesgo ambiental, de salud y geológico de las zonas intervenidas y promoviendo una cultura ciudadana del cuidado del agua, la legalidad y el uso eficiente de los servicios públicos domiciliarios.
Durante la vigencia 2020 – 2023, y para dar continuidad a la vigencia anterior, se inscribe en el Plan de Desarrollo Medellín Futuro, en el indicador 4.2.6 “Hogares que acceden a soluciones de agua y saneamiento básico con el Programa Conexiones por la Vida”, con una meta para el cuatrienio de 14.200 hogares, de los cuales 9.400 corresponden a conexiones provisionales en áreas de difícil gestión y 4.800 corresponden a conexiones definitivas.
El programa tiene dos líneas de intervención, denominadas Abastecimiento Comunitario en zonas de difícil gestión y Habilitación Viviendas (HV) y Conexiones Estratos Uno, Dos y Tres.
Con la meta de generar una mayor calidad de vida en los hogares beneficiarios del proyecto, se requiere entregar subsidios correspondientes a los cargos por conexión al servicio de gas natural domiciliario.
Este subsidio corresponde al 100% de los cargos por conexión de redes de gas natural a viviendas de los estratos uno, dos y tres, ubicadas en el municipio de Medellín, de acuerdo con lo establecido por la Comisión Reguladora de Energía y Gas, para facilitar el acceso al servicio.
Con esto se pretende:
Desde este componente de Residuos sólidos tiene como objetivos:
Según el Decreto 1077 de 2015, “es el instrumento de planeación municipal que contiene un conjunto ordenado de objetivos, metas, programas, proyectos, actividades y recursos definidos por el ente territorial para el manejo de los residuos sólidos, basado en la política de gestión integral de los mismos, el cual se ejecutará durante un período determinado, partiendo de un diagnóstico inicial, en su proyección hacia el futuro y en un plan financiero viable que permita garantizar el mejoramiento continuo del manejo de residuos y la prestación del servicio de aseo a nivel municipal, evaluado a través de la medición de resultados”.
Cada municipio de Colombia debe concertar un Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Pgirs) que contemplen una secuencia de operaciones y disposiciones técnicas, ambientales, económicas, financieras, comunitarias y políticas encaminadas a dar a los residuos producidos el correcto aprovechamiento, tratamiento y disposición final más benéfica para la comunidad, el medio ambiente y los recursos naturales.
Es el Representante del Comité de Desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliarios ante entidades prestadoras de los servicios en lo que tiene que ver con la vigilancia para la adecuada prestación del mismo; además es el encargado de divulgar los diferentes mecanismos que disponen los ciudadanos para ejercer sus derechos ante dichas empresas y autoridades estatales.
Se busca el desarrollo de estrategias dirigidas al uso racional y eficiente de los servicios públicos y a la autogestión de los mismos por parte de los usuarios. Como propósito se plantea dotar a los ciudadanos y empresas de herramientas que les permitan autogestionar los servicios públicos, propendiendo por el uso racional y eficiente de los mismos y la garantía de los derechos constitucionales a partir de estrategias innovadoras.
Así mismo, se quiere desarrollar campañas masivas dirigidas al uso racional y eficiente de los servicios públicos y construir colectivamente la política pública correspondiente.
Se busca mejorar la prestación del servicio de alumbrado público, de modo que se consolide como la ciudad mejor iluminada de Colombia, garantizando el incremento permanente de la cobertura de alumbrado público en el territorio como servicio público esencial, con un énfasis en desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías y en el uso racional y eficiente de la energía.
Para el alumbrado público se busca:
El Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, es creado por la Ley 142 de 1994 y busca canalizar los recursos destinados a sufragar los subsidios para que personas de menores ingresos puedan pagar los servicios públicos domiciliarios.
Para el municipio de Medellín, el Fondo de Solidaridad FSRI, fue creado en el año 2003 mediante el Acuerdo municipal 042.
Los porcentajes de subsidios fueron definidos por el Acuerdo 060 de 2017 y fue modificado por el acuerdo 029 de 2021, en el cual se incrementan los subsidios de los estratos 1 y 3.
El FSRI, otorga subsidios a los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo de los estratos 1, 2 y 3.
El programa Mínimo Vital de Agua Potable, busca contribuir al acceso integral y sostenible del consumo Mínimo Vital de Agua Potable y de Saneamiento Básico, mejorando las condiciones de vida de los habitantes, dando cumplimiento a las normas establecidas por la Constitución Política de Colombia, el Acuerdo Municipal 06 de 2011 y su Decreto Reglamentario 1889 de 2011, y Decreto 013 de 2014, por medio de los cuales se institucionaliza y reglamenta el programa Auspicio del Mínimo Vital de Agua Potable (MVAP).
La necesidad de la comunidad se satisface con el suministro y la posibilidad efectiva de acceso de la población vulnerable al mínimo vital con una cantidad mínima de agua potable mensual por cada persona del grupo familiar.
El Mínimo Vital de Agua Potable es entregado a los hogares con puntaje inferiores a 47,99 en la versión tres del Sisben, además, deberán contar con una instalación legal de servicios públicos y no tener cuentas vencidas con las empresas de servicios públicos con las que se tiene contrato para su aplicación.