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Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)

El Sistema General de Seguridad Social en Salud (Sgsss) de Colombia es el encargado de cubrir los gastos de salud a los ciudadanos. Cada persona se afilia a una Entidad Promotora de Salud (EPS) y de esta forma recibe los beneficios. Los ciudadanos reciben los servicios a través de una Institución Prestadora de Servicios (IPS).

Todas las personas pueden acceder al Sistema a través de dos regímenes de afiliación: el Régimen Contributivo que aplica para aquellos ciudadanos que tiene empleo o trabajan por cuenta propia y el Régimen Subsidiado que aplica para los ciudadanos que cumplen con los requisitos establecidos, no se encuentran trabajando y no tienen recursos para pagar su seguridad social; en este caso el Estado genera un subsidio especial para garantizar la seguridad social de estas personas.

Sistema General de Seguridad Social en Salud

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Encuentra en las siguientes imágenes algunos temas que debe saber sobre la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

Soluciona tus dudas sobre el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

¿Cómo puedo solicitar mi derecho a la portabilidad?

Un afiliado podrá solicitar ante su EPS mediante la línea telefónica de atención al usuario, por escrito, por correo electrónico exclusivo para trámites de portabilidad, personalmente o a través de cualquier otro medio disponible, la asignación de una IPS primaria en un municipio diferente al domicilio de afiliación. En ningún caso la EPS podrá exigir la presentación personal del afiliado para el trámite de portabilidad.

¿Qué debe contener la solicitud de portabilidad?

La solicitud deberá contener como mínimo la siguiente información: nombre e identificación del afiliado; el municipio receptor; la temporalidad, si esta se encuentra definida; la IPS a la cual está adscrito en el municipio domicilio de afiliación y un número telefónico, dirección geográfica o dirección electrónica para recibir respuesta a su solicitud sobre adscripción a un prestador, en el municipio receptor.

Que hago si me EPS me niega la portabilidad o no me responde en los términos establecidos por la ley?

En primera instancia realizo la reclamación ante la EPS y en segunda instancia a la SUPERSALUD a la línea 018000513700 – snsqueja@supersalud.gov.co La oficina de Medellín de la SUPERSALUD, está ubicada en el local 141 del centro comercial Punto Clave ubicado en Calle 27 # 46 – 70.

¿Qué pasa si la emigración temporal supera los doce (12) meses?

Si la emigración temporal supera los doce (12) meses, esta se considerará permanente, debiendo el afiliado y/o su núcleo familiar trasladarse de EPS, o solicitar una prórroga por un año más si persisten las condiciones de temporalidad del traslado.

¿Qué es la dispersión del núcleo familiar?

Es cuando por razones laborales, de estudio, o de cualquier otra índole, cualquiera de los integrantes del núcleo familiar fija su residencia en un municipio distinto a aquel en donde se realizó la afiliación a la EPS o donde habitualmente reciben los servicios de salud. En este caso se tendrá derecho a la prestación de los servicios de salud a cargo de la misma Entidad Promotora de Salud, en el municipio donde vaya a residir el miembro del grupo familiar, sin importar que la emigración sea temporal o permanente.

¿Cuál es el objeto del Decreto 3047 del 27 de diciembre de 2013, por medio del cual se establecen las reglas sobre movilidad entre regímenes para afiliados clasificados en los grupos A, B, C del SISBEN IV?

El objeto del Decreto 3047 de 2013 es establecer las condiciones y reglas para la movilidad del régimen subsidiado hacia el régimen contributivo y viceversa, sin que exista interrupción en la afiliación, ni cambio de EPS.

¿Cuándo la emigración es permanente para todo el núcleo familiar se aplica la portabilidad o el traslado de EPS?

Cuando la emigración sea permanente o definitiva para todo el núcleo familiar, el afiliado deberá cambiar de EPS, afiliándose a una que opere el respectivo régimen en el municipio receptor; por ende, no hay lugar a la figura de portabilidad sino al traslado de EPS, caso en el cual no es exigible el cumplimiento del período de permanencia de un año.

¿El Decreto 3047 de 2013 movilidad entre regímenes (subsidiado-contributivo) aplica a todos los afiliados del Sistema General de Seguridad Social en Salud?

El Decreto 3047 de 2013 está dirigido para los afiliados al Régimen Subsidiado y Régimen Contributivo clasificados en los grupos A, B, C del SISBEN IV.

¿Cómo se va a garantizar la portabilidad?

Con el fin de garantizar la portabilidad, todas las EPS deben contar con mecanismos idóneos para que el afiliado pueda acceder a la información y al trámite de su requerimiento así mismo; las Direcciones Territoriales de Salud deberán tener disponible la información pertinente sobre las EPS y brindar apoyo a los usuarios que lo requieran para el trámite del ejercicio de su portabilidad.

¿Cómo opera la movilidad en el caso de estar afiliado al Régimen Subsidiado y adquirir capacidad de pago o vinculación laboral que imponga la obligación de cotizar al Régimen Contributivo?

Las personas afiliadas al Régimen Subsidiado que adquieran capacidad de pago y que estén en la obligación de afiliarse en el Régimen Contributivo se mantienen en la misma EPS y recibirán todos los beneficios junto con su núcleo familiar.

¿Cómo se hacen los aportes de los afiliados al Régimen Subsidiado que pasan al Régimen Contributivo, permaneciendo en la misma EPS del Régimen Subsidiado?

Cotización mediante vinculación Laboral: El empleador aportará el 8.5% y el empleado el 4% del salario base. Cotización independiente: El cotizante independiente afiliado al Régimen Contributivo aportará el 12.5% sobre ingreso base de cotización.

Si el afiliado está en el Régimen Contributivo y pierde capacidad de pago, ¿cómo ingresa al Régimen Subsidiado?

En el caso de que el afiliado se encuentre previamente clasificado en los grupos A, B, C del SISBEN IV, podrá pasar al Régimen Subsidiado de la misma EPS donde se encuentra afiliado, sin perder la continuidad en la prestación del servicio. En el caso de que no se encuentre clasificado en los grupos A, B, C del SISBEN IV deberá solicitar la aplicación de la encuesta SISBEN a Planeación Municipal o Distrital.

¿Qué trámite se debe realizar para hacer efectiva la movilidad?

El afiliado debe solicitar a la EPS la movilidad en el sistema (cambio de régimen subsidiado o contributivo) con el fin de no perder la continuidad en la prestación del servicio.

¿Las EPS del Régimen Subsidiado deben reconocer prestaciones económicas a las personas que tengan afiliadas en el Régimen Contributivo?

Sí. Las EPS del régimen subsidiado que en el marco de la movilidad garanticen la prestación de servicios a los afiliados al régimen contributivo, reconocerán y pagarán el valor de las incapacidades por enfermedad general, licencias de maternidad y paternidad, de conformidad con las normas vigentes.

¿Las EPS del Régimen Subsidiado deben reconocer la prestación de servicios en casos de accidente de trabajo y/o enfermedad laboral a las personas que tengan afiliadas en el Régimen Contributivo?

Sí. Las EPS del Régimen Subsidiado que en el marco de la movilidad tengan afiliados cotizantes pertenecientes al Régimen Contributivo, deben garantizarles la prestación de los servicios que demanden en virtud de un accidente de trabajo y/o enfermedad laboral, conforme a las reglas propias del Sistema de Riesgos Laborales.

¿Cuál es la diferencia entre movilidad y traslado?

Movilidad: Es la garantía del afiliado de continuar en la misma EPS cuando por alguna circunstancia cambie de régimen. Traslado: Es el derecho que tiene el afiliado de cambiar de EPS transcurrido doce meses de antigüedad en la misma EPS.

¿Qué es la portabilidad?

La portabilidad es la garantía que se da a los ciudadanos para acceder a los servicios de salud sin trámites excesivos e innecesarios, en cualquier parte del territorio nacional, cuando el afiliado y/o su núcleo familiar se van a vivir temporalmente a un municipio diferente a aquel en donde se afiliaron a la EPS o donde habitualmente reciben los servicios de salud.

¿A partir de cuándo entró en vigencia el Decreto 1683 de 2013, por medio del cual se reglamentó la portabilidad?

El Decreto 1683 de 2013 entró a regir en su integridad a partir del 3 de noviembre del 2013.

¿En qué circunstancias opera la portabilidad?

La portabilidad la puede solicitar un afiliado y/o su núcleo familiar cuando cambian de municipio por emigración ocasional, temporal o la dispersión del núcleo familiar.

¿Qué es la emigración ocasional?

Es cuando el afiliado y/o su núcleo familiar se trasladan temporalmente del municipio donde realizaron la afiliación a la EPS o donde habitualmente reciben los servicios de salud, por un período no mayor de un (1) mes. En este evento, todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que cuenten con servicios de urgencias, deberán brindarles la atención de urgencias, así como la atención posterior que se requiera, independientemente de que hagan parte o no de la red de la respectiva EPS. La atención solicitada no podrá negarse con el argumento de no tratarse de una urgencia.

¿Qué es la emigración temporal?

Es cuando el afiliado y/o su núcleo familiar se trasladan temporalmente del municipio donde realizaron la afiliación a la EPS o donde habitualmente reciben los servicios de salud, por un período superior a un (1) mes e inferior a doce (12) meses. En este caso la EPS deberá garantizarles la asignación a una IPS primaria en el municipio receptor, y de esta manera el acceso a todos los servicios del Plan Obligatorio de Salud.

¿Cómo solicitar apoyo si en casa hay una persona con problema de drogas?

Gracias por comunicarte con nosotros. Nuestro compromiso es proteger a todos los ciudadanos durante esta cuarentena, por eso, la Línea Amiga de la Secretaría de Salud 4444448 está disponible para apoyarte las 24 horas, los siete días de la semana.

¿Cómo hago la corrección de mi documento de identidad que registra errado en la ficha?

Se le informa al ciudadano que debe dirigirse a nuestros Mas cercas, Casas de Gobierno o puntos de atención del sisben y llevar la fotocopia del documento de identidad a corregir y así efectuar la respectiva corrección.

¿Cuál es el trámite para la apertura de establecimientos de salud?

Para las Farmacias, consultorios médicos, entre otros. Se debe tener presente que los permisos y documentación requerida para su apertura, se solicitan a través de la Dirección Seccional de Salud de Antioquia ubicada en la Gobernación de Antioquia Centro Administrativo la Alpujarra

¿No recibí atención oportuna en la EPS-S y en el sistema registro activo?

Debe dirigirse a la oficina de atención de nuestra secretaría de salud, la cual se encuentra ubicada en el sótano del edificio de nuestra alcaldía en horario de atención de lunes a jueves de 8:00 am a 5:00 pm y los viernes 8:00 am a 4:00 pm

¿Un miembro de mi familia falleció, debo retirarlo?

Debe llevar al punto de atención del Sisben más cercano copia del acta de defunción y copia servicios públicos. Si es el jefe del hogar le realizarán otra visita de 8 a 10 días hábiles, para actualizar la información del hogar.

¿Por qué me encuentro suspendido en la EPS?

Debe dirigirse a nuestros Mas cercas, Casas de Gobierno o puntos de atención del Sisben con la carta de retiro de la EPS, documento de identidad y cuenta de servicios públicos para que sea reactivado. Debe notificar ante la EPS-S en la cual se encuentra afiliado.

¿Me trasladaré a otro municipio debo retirarme?

Dirigirse a cualquiera de los puestos de recepción de solicitudes SISBÉN con una carta solicitando el retiro del SISBEN de Medellín, donde se relacione los nombres completos y los números de los documentos de identidad de las personas que se van a retirar y la nueva conformación del hogar en caso de que algunas personas se queden, e informar el nombre del Municipio a que trasladará. Se debe solicitar el certificado de desvinculación. La carta debe estar firmada por el jefe de hogar o una persona mayor de edad de la ficha de donde se van a retirar, registrando los datos de identificación de todas las personas a retirar. Es importante mencionar que si la persona estaba carnetizada, debe acercarse a las oficinas de atención al usuario, ubicadas en el sótano de la Alcaldía de Medellín, con el fin de que se proceda al retiro tanto en la base de datos del sisbén como del régimen subsidiado. «

¿Vivía en otro municipio y me encuentro en Medellín, como me afilio al sisbén.?

Debe llevar 4 meses residiendo en nuestro municipio. Si vive con una familia ya encuestada debe llevar a nuestros Mas cercas, Casas de Gobierno y puntos de atención del Sisben, una solicitud escrita por el jefe del hogar solicitando la visita para incluirlo, anexar copia del documento de identidad de los miembros de la familia y de quien se va a afiliar, también copia de los servicios públicos de la casa.

¿Necesito el certificado del Sisben para la libreta militar, como lo consigo?

Debe dirigirse personalmente a la oficina del Sisben en el sótano de nuestra Alcaldía, llevar cédula original. Luego se dirige a la oficina 800 del Dpto Admon de Planeación con una copia de la cédula y la original. Posteriormente le entregarán el certificado.

¿Realizaré la apertura de un establecimiento canino que debo hacer?

Debe solicitar certificación sanitaria con nuestra oficina de Vigilancia y Control quienes realizarán una visita y le informarán la documentación que debe presentar.

¿Mi vecino tiene una humedad que me está perjudicando y no quiere arreglarla que debo hacer?

Debe acudir ante la inspección de policía más cercana

¿Requiero saber si en mi comuna pueden hacer la fumigación contra el dengue, qué debo hacer para solicitarla?

Es indispensable tener en cuenta que las entidades de Salud serán las directamente encargadas de reportar a nuestra administración aquellos casos en los cuales se presenten casos positivos de dengue, esto con el fin de proceder a la fumigación de la zona afectada. Si los ciudadanos solicitan fumigación sin previa notificación a las entidades de salud deben radicar en el archivo de nuestra secretaría de salud, una solicitud al área de Vigilancia y Control. La solicitud debe contener la siguiente información: -Nombre -Dirección afectada

¿Línea de orientación en Salud Sexual y Reproductiva?

Esta línea es para ofrecer orientación y asesoría en salud sexual y reproductiva, respondiendo a las necesidades de la población, contribuyendo en el aplazamiento del embarazo adolescente y en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos. Mayores informes con la línea de atención ciudadana 44 44 144

¿Quién se practica el examen de órganos y sentidos?

Se lo practican todos ciudadanos y ciudadanas que posea un establecimiento de comercio en el cual haya manipulación de alimentos, es necesario que tengan un examen de órganos y sentidos, el cual se lo pueden realizar en cualquier entidad de salud que se encuentre avalada por la Seccional de Salud de Antioquia. Es importante que el ciudadano tengan este documento en el momento en que les realicen la visita por parte de nuestra secretaria de salud para obtener la certificación sanitaria.

¿Qué es el dengue?

Es una enfermedad transmitida por la picadura del Zancudo Aedes aegypti. La zancuda pone sus huevos en aguas limpias estancadas. Esta enfermedad no se contagia de una persona enferma a otra sana.

¿Cómo se manifiesta el Dengue?

El Dengue se manifiestas con: -Fiebre -Dolores de Cabeza, musculares, y/o articulares -Dolores detrás de los ojos -Algunas veces brotes. -En ocasiones la persona puede tener sangrados por la nariz, las encías, la Orina, la vagina, el ano o presentar vómito con sangre. Se conoce como fiebre quebrantahuesos.

¿Cómo me afilio a la EPS-S?

Después de 1 a 3 meses el ciudadano o ciudadana debe estar identificado y clasificado en la base de datos SISBEN en los niveles 1, 2 ó 3. Si no cuenta con ningún tipo de seguridad social EPS Subsidiada ó EPS contributivo, debe comunicarse (líneas telefónicas publicadas en el directorio) y acercarse a las oficinas de las entidades CAPRECOM, EMDISALUD o COMFAMA (ubicación publicada en el directorio), donde deberá presentar ficha de sisben actualizada y copia de los documentos de identidad de las personas a la EPSS, para que en dichas entidades procedan a la respectiva carnetización. En caso de que se comunique un ciudadano o ciudadana que ya ha cumplido con el tiempo de afiliación, no aparece en la base de datos, y requiere ser carnetizado le podremos indicar que se comunique o se acerque personalmente a la oficina de atención al usuario (ubicación, líneas telefónicas, horarios de atención se encuentran publicadas en el directorio). El trámite lo debe realizar la persona que aparece como jefe de hogar.

¿Cómo puede prevenirse el Dengue?

Elimine los recipientes que puedan almacenar agua; si no es posible botarlos, colóquelos boca abajo o bajo techo. -Si necesita agua recogida, manténgala tapada herméticamente. -Evite que en su casa o en los alrededores existan aguas estancadas en: Floreros, cocas. Matas. Puestas en agua, frascos, botellas, latas, baldes, tanques, llantas viejas, canoas, etc. -Lave por dentro y una vez a la semana, con cepillo y detergente, los tanques, baldes y floreros que no puedan ser eliminados. En el agua limpia, que recogen estos recipientes, la hembra pone sus huevos; estos se pegan a las paredes y pueden resistir allí mucho tiempo

¿Me asignaron un nivel del sisben y no estoy de acuerdo, cómo solicito que lo cambien?

Los parámetros para establecer el nivel del SISBÉN, están previamente establecidos en la encuesta que el ciudadano responde y respalda con su firma; el aplicativo instalado por el DNP es el que asigna los puntajes y niveles. Si el ciudadano no presenta ningún cambio socioeconómico el nivel siempre será el mismo. Si muestra inconformidad con el nivel SISBÉN, debe enviar una comunicación por escrito manifestando su descontento y justificando su situación socioeconómica, anexando además, la cuenta de servicios de la vivienda donde reside y los documentos de identidad de todo los residentes en la vivienda

¿Qué debe hacerse cuando hay un enfermo con Dengue en la casa?

– Consulte al médico y siga sus recomendaciones. -Guarde reposo en casa y observe signos de alarma como: vómito persistente, fuerte dolor en el estómago, inquietud o adormecimiento exagerado, sangrado, descenso súbito de la fiebre, frialdad, postración o desmayo. Si se presentan algunos de estos síntomas acuda al servicio de urgencias. -Baje la fiebre con un baño corto con agua tibia o moje una toalla en agua tibia, escúrrala y póngasela al paciente en: la ingle, las axilas, el cuello y las piernas. -Tome abundante líquido -No tome ningún medicamento que contenga ácido acetil salicílico, como: Aspirina, asawin, Alkaseltzer, entre otros; ni otros antiinflamatorios

¿Cómo solicito la afiliación al SISBEN por primera vez?

Dirigirse a cualquiera de los puestos de recepción de solicitudes SISBÉN de la ciudad (Las direcciones y horarios en el Directorio) con la siguiente documentación: a. Documentos de identidad de todas las personas residentes de la vivienda: cédula de ciudadanía para mayores de 18 años; tarjeta de identidad para personas entre los 7 y 17 años y registro civil para los menores de 7 años. b. Cuenta de Servicios Públicos de la vivienda donde reside el solicitante. c. Para revisitas: carta del jefe del hogar justificando la reencuesta. d. Si proviene de otro municipio de Colombia: carta de retiro del municipio donde residía anteriormente.

¿Cuánto tiempo tardan en hacer la encuesta?

Una vez se recibe la documentación se cuentan de 3 a 8 días hábiles siempre que se encuentre el informante calificado, en los cuales el encuestador se dirige a realizar la visita y toma los datos de la encuesta, para luego procesarlos en un programa de computador que calcula el puntaje obtenido el cual define el NIVEL SISBÉN.

¿Cómo afilio a mi hijo menor de un año?

Los Bebés menores de un año se ingresan al SISBÉN sin necesidad de encuesta siempre y cuando el grupo familiar no presente ningún cambio socioeconómico y residan en la misma dirección. Elsolicitante deberá presentar: -Registro civil del bebé -Cuenta de servicios públicos de la vivienda donde reside. -Número de la ficha SISBÉN. Si cambió de vivienda, debe solicitar una revisita presentando los siguientes documentos: -Cuenta de servicios públicos de la vivienda donde reside. -Número de la ficha SISBÉN. -Documentos de identidad de los residentes en la vivienda. -Carta del jefe del hogar justificando la reencuesta

¿Cómo afilio a un nuevo miembro mayor de un año?

Debe llevar a cualquiera de los puestos de recepción de solicitudes SISBÉN, Solicitud escrita de la cabeza del hogar solicitando la revisita, factura de servicios públicos, copias de los documentos de los miembros de la familia. Si la persona viene de otro municipio y fue encuestada por el SISBÉN, debe traer carta de desvinculación del SISBÉN de ese municipio. NOTA: El nuevo miembro debe llevar al menos 3 meses residiendo en Medellín o en la vivienda.

¿Es obligatorio que me vacune?

La vacunación no es obligatoria, cada persona tendrá́ la potestad de decidir si aplicarla o no. Sin embargo, es un principio de compromiso tanto individual como colectivo, por el territorio que habitamos y el alto grado de contagio del virus.

¿Me puedo vacunar si estoy teniendo actualmente un tratamiento médico u otro proceso de vacunación?

Existen algunas contraindicaciones como tener un inmunocompromiso, es decir pacientes con VIH Sida que no estén controlados, entre otras enfermedades; igualmente las personas con antecedentes alérgicos graves como reacciones anafilácticas.

¿Cuáles son las contraindicaciones de la vacuna?

En cuanto a otros procesos de vacunación, la recomendación es que la vacuna para Covid-19 no se debe combinar con otras vacunas y debe estar alejada de la aplicación de otras vacunas.E

¿Me puedo vacunar si estoy en gestación o lactando?

No se deben vacunar mujeres gestantes o en proceso de lactancia.

¿Quién es el responsable de las vacunas en Medellín?

La compra de las vacunas está a cargo del Gobierno Nacional. La administración de la vacuna está a cargo de las EPS y IPS.

Si no tengo EPS ¿cómo hago para vacunarme?

La Alcaldía de Medellín, a través de la Secretaría de Salud contactará a las personas que no aparecen registradas en ninguna aseguradora.

¿Las vacunas se van a aplicar a domicilio?

Para la presente etapa se administrarán en los domicilios a adultos mayores de 80 años que tengan imposibilidad para desplazarse a las IPS.

En caso de una reacción atípica ¿qué debo hacer?

Cuando tengas un síntoma o razón adversa consulta a tu EPS inmediatamente. En caso de dificultad respiratoria, dolor en el pecho, debes llamar al 123.

¿Van a vacunar a los bebés?

Por el momento, el Gobierno Nacional no ha incluido a esta población en ninguna etapa.

Si vengo de otra ciudad ¿me pueden vacunar en Medellín?

Actualmente la asignación de las dosis está dada por lugar de residencia, por lo cual no es posible administrar la vacuna a personas que no vivan en la ciudad de Medellín.

¿Cuándo me toca y donde debo ir para que me vacunen, donde me entero del cronograma?

Tu fecha, hora y lugar de vacunación lo podrás conocer a través del portal Mi Vacuna, ingresando con el documento de identificación y la EPS a la que perteneces. Esta plataforma ha sido dispuesta por el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Salud y Protección Social para dar información oportuna a toda la ciudadanía. En caso de que el ciudadano no se encuentre registrado en este historial, podrá postularse informando los criterios para la priorización, los cuáles serán verificados y confirmados por el asegurador.

¿Desde qué edad se van a vacunar las personas?

Se van a vacunar a las personas a partir de los 16 años de edad, porque todos los estudios de seguridad que se desarrollaron para las vacunas que están aprobadas hasta ahora han sido en población mayor de 16 años y mujeres no gestantes.

¿Qué efectos secundarios se pueden presentar con la vacuna?

La vacunación puede desencadenar en los siguientes 3 a 5 días posteriores a la vacunación dolor de cabeza (cefalea), dolor en las articulaciones (artralgia), dolor muscular (mialgia), fatiga, resfriado; fiebre (pirexias); en los siguientes 7 días y con alguna frecuencia enrojecimiento en el lugar de la inyección, inflamación de los ganglios (linfadenopatía) y poco frecuente malestar general.

Contáctanos

A continuación, te brindamos diferentes formas de contacto. Puedes llamarnos, escribirnos o visitarnos en las taquillas de la Secretaría de Salud.

Sótano del CAM (Centro Administrativo Municipal)

Horarios: Lunes a jueves de 7:30 a. m. a 5:30 p. m. y viernes de 7:30 a. m. a 4:30 p. m. (jornada continua).

Taquillas: 47, 48, 49, 50, 51, 67

MásCerca Castilla

Horarios: Lunes a jueves de 7:30 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:00 p. m. a 5:00 p. m. y viernes de 7:30 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.

Casa de Gobierno San Antonio de Prado

Horarios: Lunes, martes, miércoles de 7:30 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:30 p. m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:30 a. m. a 12: 30 p. m. y de 1:30 p. m. a 4:00 p. m.

MásCerca Guayabal

Horarios: Lunes a jueves de 7:30 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:00 p. m. a 5:00 p. m. y viernes de 7:30 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.


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